Lo Que Usted Debe Saber...Sobre Su Plan De Jubilacin

Lo Que Usted Debe Saber...Sobre Su Plan De Jubilación.  To order copies call toll-free 1-866-444-3272.Lo Que Usted Debe Saber...Sobre Su Plan De Jubilación

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Índice

Introduccin

El plan de ahorros de jubilacin patrocinado por su empleador es un aspecto fundamental de la seguridad econmica de su futuro. Es importante que usted comprenda cmo funciona su plan y qu beneficios recibir. As como usted esta al tanto de sus cuentas monetarias que coloca en un banco o en otra institucin financiera, tambin debe hacer lo mismo con sus beneficios de jubilacin por el bien de sus intereses.

Las personas responsables de administrar y supervisar su plan de jubilacin deben seguir ciertas reglas al operar el plan, manejar el dinero del plan y supervisar a las empresas que administran ese dinero. Usted tambin debe comprender y monitorear su plan de jubilacin y sus beneficios. A manera de ayuda, encontrar la seccin de pasos a seguir en cada captulo.

Este folleto le ayuda a entender su plan, explica qu informacin debe revisar regularmente y adonde debe acudir si necesita respuesta a sus preguntas. Incluye informacin sobre:

  • Diferentes tipos de planes de jubilacin;
  • Qu informacin puede obtener acerca de su plan;
  • Cundo y cmo puede recibir beneficios de jubilacin;
  • Qu debe hacer si tiene alguna pregunta o encuentra un error;
  • Las responsabilidades de las personas que administran el plan y las inversiones de los fondos del plan;
  • Su responsabilidad de comprender y monitorear el plan en el que participe; y
  • Circunstancias especficas como un divorcio o cambio de dueño en la empresa pueden afectar sus beneficios de jubilacin.

Planes de jubilacin que cubre este folleto

Este folleto cubre planes de jubilacin privados que estn regidos por leyes federales y pautas de la Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilacin de los Empleados de 1974 (ERISA, por sus siglas en ingls) y el Cdigo de Impuestos Internos. ERISA es una ley federal que establece normas para la mayora de planes de jubilacin patrocinados por empleadores y sindicatos en la industria privada e impone responsabilidades a aquellas personas que dirigen el plan. Los participantes de estos planes tienen ciertos derechos pero tambin algunas responsabilidades.

Las normas tratadas en este folleto no se aplican a todos los planes de jubilacin. Por ejemplo, la informacin no se aplica a:

  • Planes de gobiernos estatales y locales, incluyendo planes que dan cobertura a profesores de escuelas pblicas y administradores de escuelas;
  • La mayora de planes de iglesias; y
  • Planes para empleados del gobierno federal.

Asimismo, si usted participa en un plan de negociacin colectiva, las reglas que se aplican de conformidad con ERISA pueden ser diferentes en algunos casos.

La informacin contenida en las siguientes pginas contesta las preguntas ms comunes sobre los planes de jubilacin. Sin embargo, tenga en cuenta que este folleto es un resumen simplificado de los derechos y responsabilidades de los participantes, no una interpretacin legal de ERISA.

Captulo 1: Tipos De Planes De Jubilacin

El primer paso para comprender sus beneficios de jubilacin es averiguar qu clase de plan de jubilacin tiene su empleador. Existen dos tipos principales de planes, el plan de beneficios definidos y el plan de contribuciones definidas, descritos en este folleto y detallados en la Tabla 1. Tenga en cuenta que su empleador puede tener ms de un tipo de plan y puede haber establecido diferentes requisitos de participacin para cada plan.

Un plan de beneficios definidos, financiado por el empleador, promete un beneficio mensual especfico al momento de la jubilacin. El plan puede fijar este beneficio en un monto exacto en dlares como, por ejemplo, $100 al mes al momento de la jubilacin. O bien, como ocurre ms a menudo, puede calcular su beneficio mediante una frmula que incluye factores como su salario, su edad y el nmero de años que trabaj en la compaña. Por ejemplo, sus beneficios de pensin podran ser igual al 1 por ciento de su salario promedio de los ltimos 5 años de trabajo por el total de aos de servicio.

Un plan de contribuciones definidas, por otro lado, no promete un monto especfico de beneficios al momento de la jubilacin. En este caso, usted y/o su empleador aportan dinero a su cuenta personal en el plan. En muchos casos, ser responsabilidad suya elegir la forma de inversin de estas contribuciones y decidir cunto aportar de su cheque de pago mediante deducciones antes de impuestos. Su empleador podr aportar a su cuenta, en algunos casos en forma paralela por el equivalente a un determinado porcentaje de sus contribuciones. El valor de su cuenta depender del monto que se haya aportado y de los buenos resultados de las inversiones. Al momento de la jubilacin, usted recibe el saldo de su cuenta, que reflejar las contribuciones, las ganancias o prdidas de las inversiones y cualquier tasa aplicada a su cuenta. El plan 401(k) es un tipo popular de plan de contribuciones definidas. Existen cuatro tipos de planes 401(k): tradicional 401(k), safe harbor 401(k), SIMPLE 401(k) e inscripcin automtica 401(k). El plan IRA-SIMPLE, el plan SEP, el plan de acciones adquiridas del empleado (ESOP, por sus siglas en ingls) y el plan de profit sharing son otros ejemplos de planes de contribuciones definidas. (Consulte las explicaciones de los diferentes tipos de planes en el Glosario que aparece al final de este folleto.)

Nota

  1. Los empleadores pueden elegir si ofrecern o no un plan de jubilacin a sus empleados; las leyes federales no requieren que los empleadores ofrezcan o sigan ofreciendo un plan.
  2. La Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC, por sus siglas en ingls) garantiza el pago de algunos beneficios de jubilacin a los participantes en la mayora de planes privados de beneficios definidos si es que el plan finaliza sin contar con los fondos suficientes para pagar todos los beneficios prometidos. El gobierno no garantiza el pago de los beneficios de los planes de contribuciones definidas. Para mayor informacin, consulte el sitio web de la PBGC en www.pbgc.gov.
  3. Algunos planes hbridos como los planes cash balance - contienen caractersticas de los dos tipos de planes anteriormente descritos. Consulte el Glosario para mayor informacin sobre este tipo de plan.

Pasos a seguir

Pregunte a su administrador del plan, la oficina de recursos humanos o al empleador informacin sobre que clase o tipos de planes existen en el centro de trabajo. Puede solicitar una copia del Resumen de la Descripcin del Plan (el folleto del plan de jubilacin que usted debera recibir cuando se inscriba en el plan) y examinar la informacin acerca del plan.

Tabla 1: Caractersticas de los planes de beneficios definidos y contribuciones definidas

Plan de beneficios definidos

Plan de contribuciones definidas

Contribuciones y/o contribuciones paralelas del empleador

Plan financiado por el empleador. Las normas federales fijan montos que los empleadores deben aportar a los planes en un esfuerzo por garantizar que los planes tengan suficiente dinero para pagar los beneficios en la fecha de vencimiento. Si no se cumple con estos requisitos, se aplicarn multas.

No existe ningn requisito que obligue a aportar al empleador, salvo en los planes SIMPLE 401(k) y safe harbor 401(k), los planes de contribuciones fijas, y los planes IRA-SIMPLE y SEP. Es posible que el empleador tenga que hacer contribuciones en ciertos planes de inscripcin automtica 401(k).

El empleador puede elegir aportar una suma equivalente a una parte de las contribuciones del empleado o aportar sin contribuciones del empleado. En algunos planes, el empleador puede aportar mediante acciones para los empleados.

Contribuciones del empleado

Por lo general, los empleados no aportan a estos planes.

Muchos planes requieren que el empleado aporte para establecer una cuenta.

Administracin de la inversin

Los funcionarios del plan administran la inversin y el empleador tiene la responsabilidad de asegurarse de que el monto que ha colocado en el plan ms las ganancias de las inversiones sern suficientes para pagar el beneficio prometido.

A menudo ser responsabilidad del empleado administrar la inversin de su cuenta, eligiendo entre las opciones de inversin que le ofrezca el plan. En algunos planes, los funcionarios del plan se encargan de invertir todos los activos del plan.

Monto de beneficios pagados al momento de la jubilacin

Un beneficio prometido se basa en una frmula del plan, que frecuentemente utiliza una combinacin de la edad del empleado, aos de servicio para el empleador y/o el salario.

El beneficio depende de las contribuciones efectuadas por el empleado y/o el empleador, el desempeño de las inversiones de la cuenta y las tasas aplicadas a la cuenta.

Tipo de pagos de beneficios de jubilacin

Tradicionalmente, estos planes efectan pagos mensuales al jubilado en forma de una anualidad durante el resto de su vida. Los planes pueden ofrecer otras opciones de pago.

El jubilado puede transferir el saldo de la cuenta a una cuenta de jubilacin individual (IRA, por sus siglas en ingls) de la cual retira dinero, o puede recibir el saldo como un pago por una suma global. Algunos planes tambin ofrecen pagos mensuales mediante una anualidad.

Garanta de beneficios

El gobierno federal, a travs de la Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC), garantiza cierto monto de beneficios.

No existe ninguna garanta federal de los beneficios.

Cuando se deja de trabajar en la compaña antes de cumplir la edad de jubilacin

Si un empleado deja de trabajar con su empleador despus de haber adquirido derecho sobre un beneficio, pero antes de cumplir la edad para jubilarse del plan, generalmente, el beneficio se queda en el plan hasta que el empleado presente una solicitud de cesin del beneficio al momento de la jubilacin. Algunos planes de beneficios definidos ofrecen opciones de jubilacin anticipada.

El empleado puede transferir el saldo de la cuenta a una IRA o, en algunos casos, a otro plan del empleador, donde pueda seguir aumentando en base a las ganancias de las inversiones. El empleado tambin puede retirar el saldo del plan, pero adeudar impuestos y posiblemente multas, con lo cual reducir sus ingresos de jubilacin. Los planes pueden hacer desembolsos de cuentas pequeñas.

Captulo 2: Ganancia De Beneficios De Jubilacin

Una vez que usted sabe qu tipo de plan de jubilacin ofrece su empleador, debe averiguar cundo puede participar en el plan y empieze a ganar los beneficios. Las normas del plan pueden variar siempre que cumplan con los requisitos de la legislacin federal. Usted debe verificar su plan o examinar el folleto del plan (Resumen de la Descripcin del Plan) para conocer las normas y requisitos de su plan. El plan puede requerir que usted trabaje para la compaña por un determinado periodo antes de que pueda participar en el plan. Adems, tpicamente hay un plazo que cumplir para empezar a acumular los beneficios y adquirir el derecho sobre ellos (algunas veces denominado adquisicin de derecho sobre los beneficios).

Quin puede participar en el plan de jubilacin de su empleador?

Averige si usted se encuentra dentro del grupo de empleados cubiertos por el plan de jubilacin de su empleador. Las leyes federales permiten que los empleadores incluyan algunos grupos de empleados y excluyan a otros de un plan de jubilacin. Por ejemplo, su empleador puede patrocinar un plan para empleados asalariados y otro para empleados sindicalizados. Los empleados que trabajan a jornada parcial pueden ser elegibles si trabajan por lo menos 1,000 horas al año, lo que equivale a 20 horas a la semana. De modo que si usted trabaja a jornada parcial, averige si est cubierto.

Cundo puede iniciar su participacin?

Una vez que usted sabe que est cubierto, necesita averiguar cundo puede empezar a participar en el plan. Puede obtener esta informacin en el Resumen de la Descripcin del Plan. Las leyes federales establecen requisitos mnimos, pero un plan puede ser ms generoso. Por lo general, un plan puede requerir que el empleado tenga por lo menos 21 años y un año de servicio en la compaña antes de participar en un plan. Sin embargo, los planes pueden permitir que los empleados empiecen a participar antes de cumplir 21 años o completar un año de servicio. Por motivos administrativos, su participacin puede retrasarse hasta 6 meses despus de haber cumplido con estos criterios de edad y servicio, o hasta el inicio del siguiente año del plan, lo que ocurra antes. El año del plan es el año calendario o un periodo alternativo de 12 meses, que un plan de jubilacin utiliza para su administracin. Debido a que las normas pueden variar, es importante que usted conozca las reglas de su plan.

Los empleadores son algo flexibles cuando requieren aos de servicio adicionales en algunas circunstancias. Por ejemplo, si su plan le permite adquirir derecho sobre los beneficios (este tema es tratado con detalle ms adelante en este captulo) inmediatamente despus de que empieza a participar en el plan, ste puede establecer como requisito que usted trabaje para la compaña durante dos años antes de poder participar en el plan.

Las leyes federales tambin imponen otras normas de participacin para determinadas circunstancias. Por ejemplo, si usted es un trabajador mayor cuando lo contratan, no pueden excluirlo de participar en el plan slo porque est prximo a cumplir la edad para jubilarse.

Algunos planes 401(k) o planes IRA-SIMPLE inscriben automticamente a los empleados. Esto significa que usted se convertir en forma automtica en participante del plan a menos que opte por mantenerse fuera. El plan deducir un nivel fijo de aportacin de su cheque de pago y lo colocar en una inversin predeterminada. Si su empleador tiene un plan con inscripcin automtica, usted debe recibir un aviso que describe el proceso de aportes automtico, cundo comienza su participacin, su oportunidad de optar por no participar en el plan o cambiar el nivel de aporte y dnde se invierten sus aportes automticos. Si usted est inscrito en un 401(k), el aviso tambin describir su derecho de cambiar sus inversiones, o si est inscrito en un plan IRA-SIMPLE, su derecho a cambiar de institucin financiera en la quese invierten sus aportes.

Cundo empieza a acumular beneficios?

Una vez que usted empieza a participar en un plan de jubilacin, debe comprender de qu forma acumula o recibe los beneficios. Los beneficios acumulados son el monto de los beneficios de jubilacin que usted ha acumulado o que le han asignado en virtud del plan en un determinado momento.

Los planes de beneficios definidos a menudo cuentan sus aos de servicio para determinar si usted ha ganado un beneficio y tambin para calcular cunto recibir por concepto de beneficios al momento de la jubilacin. Los empleados participantes del plan que trabajan a jornada parcial, pero que laboran 1,000 horas o ms al año, deben ser acreditados con una porcin del beneficio en proporcin con lo que habran percibido si hubieran trabajado a tiempo completo. En un plan de contribuciones definidas, la acumulacin de sus beneficios es el monto de contribuciones y ganancias que se han acumulado en su plan 401(k) o en la cuenta de otro plan de jubilacin menos cualquier tasa aplicada a su cuenta por el plan.

Las normas especiales acerca de cundo empieza usted a acumular beneficios pueden aplicarse a ciertos tipos de planes de jubilacin. Por ejemplo, en un Plan de Pensin Simplificado del Empleado (SEP, por sus siglas en ingls), todos los participantes que reciben por lo menos $550 al año de sus empleadores tienen derecho a recibir una aportacin.

Puede un plan reducir los beneficios prometidos?

Los planes de beneficios definidos pueden cambiar la tasa a la que usted obtendr beneficios futuros, pero no pueden reducir el monto de los beneficios que usted ya ha acumulado. Por ejemplo, un plan que acumula beneficios a la tasa de $5 al mes por aos de servicio hasta el 2011 puede ser modificado para disponer que en el caso de los aos de servicio que empiecen en el 2012 los beneficios se acrediten a la tasa de $4 al mes. Los planes que reduzcan significativamente la tasa segn la cual se acumulan los beneficios deben proveerle una notificacin escrita por lo general como mnimo 15 das antes de que el cambio entre en vigencia.

Asimismo, en muchas situaciones, si una compaña da por terminado un plan de beneficios definidos que no cuenta con suficiente fondos para pagar todos los beneficios prometidos, la PBGC pagar a los participantes y beneficiarios del plan algunos beneficios de jubilacin, pero posiblemente menos de los beneficios prometidos. (Para mayor informacin, visite el sitio web de PBGC.)

En un plan de contribuciones definidas, el empleador puede cambiar el monto de sus contribuciones en el futuro. Dependiendo de los trminos del plan, el empleador puede tambin dejar de hacer contribuciones por algunos años o de forma indefinida.

Un empleador puede terminar un plan de beneficios definidos o un plan de contribuciones definidas, pero no podr reducir el beneficio que usted ya haya acumulado en el plan.

Cun pronto adquiere usted derecho sobre sus beneficios acumulados?

Usted adquiere inmediatamente derecho sobre sus contribuciones y las ganancias que generan esas contribuciones. Esto significa que usted obtiene el derecho sobre estos montos sin el riesgo de perderlos por un decomiso. Sin embargo, tenga en cuenta que existen restricciones que impiden efectivamente sacar los beneficios del plan. Consulte ms adelante en este folleto la seccin que trata sobre las normas correspondientes a las distribuciones.

No obstante, usted no tiene necesariamente derecho inmediato sobre las contribuciones efectuadas por su empleador. Las leyes federales estipulan un nmero mximo de años que una compaña puede requerir que los empleados trabajen para adquirir el derecho sobre la totalidad o alguna parte de estos beneficios. (Consulte las tablas que muestran las normas sobre la adquisicin de derechos).

En un plan de beneficios definidos, un empleador puede requerir que los empleados tengan 5 aos de servicio para adquirir derecho sobre los beneficios financiados por el empleador. Los empleadores tambin pueden elegir un cronograma de adquisicin gradual de derechos, que establezca que un empleado debe trabajar 7 años para hacerse del 100 por ciento de los beneficios, pero dispone por lo menos un 20 por ciento de adquisicin de derecho sobre los beneficios a los 3 años, 40 por ciento a los 4 años, 60 por ciento a los 5 años y 80 por ciento a los 6 aos de servicio. La Tabla 3 muestra los cronogramas permitidos para la adquisicin de derechos en los planes de beneficios definidos actualmente vigentes. Los planes pueden establecer un cronograma diferente siempre y cuando sea ms generoso que estos cronogramas de adquisicin de derechos. (A diferencia de la mayora de los planes de beneficios definidos, en un plan de saldos de fondos de pensin, las aportaciones del empleador se adjudican a los empleados despus de 3 años.)

En un plan de contribuciones definidas como un plan 401(k), usted siempre adquirir el 100 por ciento de derechos sobre sus propias contribuciones a un plan y sobre cualquier ganancia posterior que generen sus contribuciones. Sin embargo, en la mayora de planes de contribuciones definidas, es posible que usted deba trabajar varios años antes de poder adquirir derechos sobre las contribuciones paralelas del empleador. (Hay excepciones, como los planes SIMPLE 401(k) y safe harbor 401(k), donde usted adquiere inmediatamente derecho sobre todas las contribuciones requeridas del empleador. En el plan IRA-SIMPLE y SEP las adjudicaciones tambin se realizan inmediatamente.)

Actualmente, los empleadores pueden elegir entre dos cronogramas de adquisicin de derechos diferentes establecidos para las contribuciones paralelas de los empleadores del plan 401(k), presentados en la Tabla 2. Su empleador puede utilizar un cronograma donde los empleados adquieren al 100 por ciento el derecho sobre las contribuciones del empleador despus de 3 aos de servicio, lo que se denomina adquisicin automtica (porque la adquisicin del derecho es al 100 por ciento de una sola vez). En cambio, en la adquisicin gradual de derechos, un empleado debe adquirir por lo menos el 20 por ciento de los derechos a los 2 años, el 40 por ciento a los 3 años, el 60 por ciento a los 4 años, el 80 por ciento a los 5 años y el 100 por ciento a los 6 años. Si su plan de inscripcin automtica 401(k) requiere aportaciones del empleador, se le adjudican dichos aportes despus de 2 años. Los planes 401(k) de inscripcin automtica con aportaciones patronales opcionales de contrapartida siguen uno de los programas sobre adquisicin de derechos de pensin que se indican arriba.

Los empleadores que realizan otras aportaciones a planes de contribuciones definidas, tales como el plan 401(k), también pueden elegir entre dos cronogramas de adjudicación. Para aquellas aportaciones que se hicieron desde 2007, pueden elegir entre los cronogramas de adjudicación graduales y a un tiempo específico (cliff) en la Tabla 2. En las aportaciones realizadas antes de 2007, pueden elegir entre los cronogramas proporcionados en la Tabla 3.

Usted puede perder algunos de los beneficios que haya ganado aportados por el empleador si deja su empleo antes de haber trabajado un periodo suficientemente largo para adquirir derecho sobre los beneficios de un plan. Sin embargo, una vez que adquiere tales derechos, le corresponde recibir la parte adquirida de sus beneficios aun cuando deje su empleo antes del momento de la jubilacin. Pero incluso cuando tenga derecho a algunos beneficios, el valor de la cuenta de su plan de contribuciones definidas podra disminuir despus de que usted deje su empleo como resultado del desempeño de las inversiones.

Nota

Si usted deja su compaña y luego regresa, podr contar su periodo anterior de servicio como parte de los aos de servicio que necesita para poder adquirir derecho sobre los beneficios proporcionados por el empleador. A menos que la interrupcin del servicio en la compaña haya sido de 5 años o el tiempo equivalente a la duracin de su empleo antes de la interrupcin, el que resulte mayor, usted podra contar ese periodo anterior a su interrupcin. Dado que estas normas son muy especficas, debe leer el documento del plan con cuidado si est contemplando interrumpir por un breve periodo el servicio que presta a su empleador, y luego conversarlo con el administrador de su plan. Si usted dej su empleo antes del 1 de enero de 1985, se aplicarn normas diferentes. Para mayor informacin, pngase en contacto con el Departamento del Trabajo llamando al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272.

Para las unidades de Reserve y National Guard llamadas a servicio activo, la Ley de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados (USERRA, por sus siglas en ingls) requiere que el periodo de servicio militar se cuente como servicio cubierto ante el empleador para fines de elegibilidad, adjudicación y acumulación de beneficios. A los miembros en servicio que retornan se les trata como si hubieran estado empleados en forma continua sin tomar en cuenta el tipo de plan de jubilación que el empleador haya adoptado. Sin embargo, una persona a la que se le vuelve a contratar tiene derecho a los beneficios acumulados resultantes de las aportaciones como empleado solo hasta el punto en que él o ella hagan realmente las aportaciones al plan.

Normas Sobre Adquisicin De Derechos

En general, un empleador debe contar sus aos de servicio para efectos de los crditos de adquisicin de derechos a partir de la fecha de su contratacin. Dos excepciones establecen que su empleador puede empezar a contar sus aos de servicio a partir del primer año del plan luego de (1) cumplir 18 años si usted tena menos de 18 años cuando empez a trabajar para el empleador, y (2) la fecha en que usted empez a aportar a un plan 401(k) si es que opt por no aportar cuando fue elegible por primera vez.

Los planes pueden conceder a los empleados el derecho a los beneficios proporcionados por el empleador antes de la fecha indicada en las siguientes tablas.

Requisitos mnimos para la adquisicin de derechos de conformidad con ERISA
contribuciones del empleador
(Use la tabla vigente en la fecha en que usted dej a su empleador)

La Tabla 2 a continuacin muestra los cronogramas de adjudicacin actuales, a partir de 2002, para las contribuciones paralelas del empleador al plan 401(k), y para otras aportaciones del empleador a un plan de contribuciones definidas a partir de 2007.

Tabla 2: Fecha de entrada en vigencia 1/1/02 --
Actual para contribuciones paralelas del plan 401(k)
Fecha de entrada en vigencia 1/1/07 Actual para otras contribuciones definidas del empleador

Adquisicin gradual de derechos

Años de servicio

Porcentaje que no se pierde

2

20%

3

40%

4

60%

5

80%

6

100%

Adquisicin automtica de derechos
Menos de 3 aos de servicio 0% de beneficios adquiridos
Por lo menos 3 aos de servicio 100% de beneficios adquiridos

La Tabla 3 se aplica a los empleados en un plan de beneficios definidos. Tambin es para los empleados que reciben otras aportaciones del empleador a un plan de contribuciones definidas antes de 2007*, contribuciones paralelas del empleador al plan 401(k) antes de 2002, y empleados en un plan de contribuciones definidas que dejaron de trabajar con un empleador despus de 1988.

*Si su plan es de alta categora, la Tabla 2 es aplicable.

Tabla 3: Fecha de entrada en vigencia 1/1/89 Actual*para contribuciones beneficios definidos del empleador
Fecha de entrada en vigencia 1/1/89 2007 para otras contribuciones definidas del empleador
Fecha de entrada en vigencia 1/1/89 2002 para contribuciones paralelas del plan 401(k)

Adquisicin gradual de derechos

Años de servicio

Porcentaje que no se pierde

3

20%

4

40%

5

60%

6

80%

7

100%

Adquisicin automtica de derechos
Menos de 5 aos de servicio 0% de beneficios adquiridos
Por lo menos 5 aos de servicio 100% de beneficios adquiridos

La Tabla 4 es para los planes que usted haya dejado antes de 1989.

Tabla 4: Fecha de entrada en vigencia 1974 12/31/88**
para todas las contribuciones beneficios definidos y contribuciones definidas del empleador

Adquisicin gradual de derechos

Años de servicio

Porcentaje que no se pierde

5

25%

6

30%

7

35%

8

40%

9

45%

10

50%

11

60%

12

70%

13

80%

14

90%

15

100%

Adquisicin automtica de derechos
Menos de 10 aos de servicio 0% de beneficios adquiridos
Por lo menos 10 aos de servicio 100% de beneficios adquiridos

Norma de los 45 años - Si la edad y aos de servicio del empleado dan un total de 45, y el empleado tiene por lo menos 5 aos de servicio, entonces 50 por ciento de los beneficios deben adjudicarse con por lo menos 10 por ciento de adjudicacin para cada año a partir de entonces.

Nota

Con respecto a los planes sujetos a convenios de negociacin colectiva, la fecha de entrada en vigencia ser la fecha que se cumpla primero en que finalice el ltimo de los convenios de negociacin colectiva en virtud del cual se mantiene el plan, finaliza o

* 1/1/99.
** 1/1/89.

Pasos a seguir

  • Averige si usted est cubierto por un plan de su empleador.
  • Averige cun pronto puede empezar a participar en y/o aportar a su plan de jubilacin despus de que comience a trabajar para una compaña.
  • Obtenga un Resumen de la Descripcin del Plan.
  • Revise el documento de su plan o Resumen de la Descripcin del Plan para comprender de qu forma gana beneficios en su plan.
  • Encuentre el cronograma de adquisicin de derechos de su plan para verificar cuando podr adquirir totalmente esos derechos. Si est pensando en cambiar de empleo, examine su plan para averiguar si trabajar ms tiempo le permitir adquirir ms plenamente derecho sobre las contribuciones de su empleador.

Captulo 3: Informacin Sobre El Plan Que Debe Examinar

Si tiene alguna pregunta acerca de su plan de jubilacin, puede empezar buscando una respuesta en la informacin que proporciona el plan. Puede tambin solicitar esta informacin al administrador de su plan, que es la persona encargada de manejar el plan. Su empleador le dir cmo puede ponerse en contacto con el administrador de su plan.

Informacin proporcionada por el plan de jubilacin

Cada plan de jubilacin debe contar con un documento formal y escrito que describa detalladamente cmo funciona el plan y cules son sus requisitos. Como se señal anteriormente, existe tambin un folleto que describe las normas clave del plan, denominado Resumen de la Descripcin del Plan (SPD, por sus siglas en ingls), que debe ser ms sencillo de leer y comprender. El SPD tambin debe incluir un resumen de cualquier cambio sustancial introducido en el plan o en la informacin que debe recoger el SPD. En muchos casos, usted puede empezar con el SPD y luego consultar el documento del plan si tiene todava alguna pregunta pendiente.

Adems, los planes deben proporcionarle varias notificaciones. Algunas de las notificaciones ms importantes se describen en la Tabla 5.

Por ejemplo, los planes de contribuciones definidas, como los planes 401(k), generalmente deben proveer un preaviso a los empleados cuando se produce un periodo de restriccin. Por periodo de restriccin se entiende un periodo en el que queda suspendido el derecho de un participante a dirigir inversiones, tomar prstamos u obtener distribuciones por lo menos durante tres das hbiles consecutivos. Los periodos de restriccin pueden producirse a menudo cuando los planes cambian de administradores o de opciones de inversin.

En los periodos indicados a continuacin, deben facilitarle a usted, automticamente y sin ningn costo, algunas informaciones sobre el plan como el Resumen de la Descripcin del Plan. Usted puede solicitar un Resumen de la Descripcin del Plan en otras oportunidades, pero su empleador podra cobrarle un derecho por copia. Debe preguntar al administrador del plan si necesita otra informacin, como una copia del documento escrito del plan o el informe financiero anual del plan (Forma 5500), y tal vez deba pagar un derecho por copia. Consulte las Tablas 5 y 6. Muchos empleadores proporcionan informacin valiosa en un sitio web.

En algunos casos, los planes suministran informacin con mayor frecuencia a la requerida por las leyes federales. Por ejemplo, algunos planes permiten que los participantes verifiquen sus estados en lnea o por telfono.

El informe financiero anual del plan (Forma 5500) tambin est disponible. Puede encontrar el informe en lnea en www.dol.gov/ebsa o comunicndose con: U.S. Department of Labor, EBSA Public Disclosure Facility, Room N-1513, 200 Constitution Avenue, NW, Washington, D.C. 20210, telfono: 202.693.8673. Existe una tanta de copiado si el informe supera las 100 paginas. Adems, si su administrador de plan no le entrega, como participante cubierto bajo el plan, una copia del Resumen de la Descripcin del Plan automticamente o despus de que usted lo solicita, puede comunicarse con el Departamento del Trabajo electrnicamente si visite al sitio web de la Administracin de Seguridad de Beneficios del Empleado y haga clic en "Solicitud de Asistencia."

Tabla 5: Informacin clave que el administrador de su plan debe proporcionar automticamente

Qu

Descripcin

Cundo

Resumen de la Descripcin del Plan (SPD)

Una versin resumida del documento del plan e informacin importante de otro tipo presentada en un lenguaje ms fcil de comprender.

  • En el trmino de 90 das luego de haberse convertido en participante del plan, y
  • Una copia actualizada cada 10 años (5 años si se ha modificado el plan).

Aviso de inscripción automática

Para los planes con inscripción automática, una descripción del proceso automático de inscripción, el porcentaje de salario que se está descontando, la inversión utilizada para las aportaciones automáticas, su derecho de abandonar el plan, su derecho de modificar su porcentaje de aplazamiento y las inversiones y cómo encontrar información sobre las otras inversiones del plan.

  • En general, por lo menos 30 días antes de que sea elegible para participar; y
  • Por lo menos 30 días antes del inicio de cada año subsiguiente del plan.

Estado de cuenta individual de beneficios

Estado de cuenta que proporciona información sobre el balance de su cuenta y beneficios adjudicados. Dependiendo del tipo de plan que tenga, el estado de cuenta también puede incluir el valor de las inversiones en la cuenta e información que describe su derecho de dirigir las inversiones.

  • Por lo menos en forma trimestral para los planes de contribuciones definidas en los cuales las inversiones son dirigidas por el participante.
  • Por lo menos anualmente para los planes de contribuciones definidas no indicados por el participante.
  • Por lo menos cada 3 años para los planes de beneficios definidos.

Aviso anual de financiamiento

Información básica sobre el estado de financiamiento y estado financiero del plan de pensión con beneficios definidos, incluyendo los porcentajes de financiamiento del plan; activos y pasivos; y una descripción de los beneficios garantizados por la PBGC.

Dentro de los 120 días del final del año del plan.

Informacin de plan y de inversion para planes dirigido por participantes

Informacin relacionada con planes e inversiones, que incluye informacin sobre tarifas y gastos, de manera tal que los participantes puedan tomar decisiones informadas para gestionar su cuenta individual. La informacin relacionada con la inversión debe entregarse en un formato, como un cuadro, que permita la comparacin entre las opciones de inversion del plan.

  • Antes de que un participante pueda dirigir inversiones por primera vez.
  • Al menos una vez por ao a partir de entonces.
  • Al menos trimestralmente para tarifas y gastos pagados concretamente.

Resumen de modificaciones sustanciales

Un resumen de los cambios significativos del plan o cambios en la informacin que debe recoger el SPD.

Dentro de los 7 meses siguientes a la finalizacin del año del plan en el cual se efectuaron los cambios.

Resumen de Informe Anual

Un resumen de la informacin financiera presentada por el plan en la Declaracin/Informe Anual (Forma 5500). Si se requiere que su plan proporcione un aviso anual de financiamiento, su plan no tiene que proporcionar este informe.

Dentro de los 9 meses siguientes a la finalizacin del año del plan o 2 meses despus de la fecha lmite de presentacin del informe anual.

Notificacin de reduccin significativa de beneficios futuros acumulados

Notificacin sobre cualquier reduccin significativa de la tasa de beneficios futuros acumulados, la eliminacin o reduccin significativa de un beneficio de jubilacin anticipada o subsidio de tipo jubilatorio. Se aplica a planes de beneficios definidos y a algunos planes de contribuciones definidas.

Por lo menos 45 días antes de la fecha de entrada en vigencia de la modificacin del plan.

Notificacin de periodo de restriccin

Notificacin de un periodo no mayor a 3 das hbiles consecutivos cuando se produzca una suspensin temporal, limitacin o restriccin al rumbo o diversificacin de los activos del plan, la obtencin de prstamos o la obtencin de distribuciones. Se aplica al plan 401(k) o a otros planes de cuentas personales.

En general, por lo menos 30 das antes de la fecha de restriccin.

Notificacin a los participantes de un plan con financiacin insuficiente

Para los planes de beneficios definidos con una financiacin inferior al 80 por ciento, se trata de la notificacin sobre el nivel de financiacin del plan e informacin sobre las garantas del PBGC.

Dentro de los 2 meses siguientes a la fecha de vencimiento para presentar el informe anual.

Tabla 6: Informacin clave que el administrador de su plan debe proporcionar previa solicitud escrita

Qu

Descripcin

Costo

Documentos del plan

Documentos que proporcionan los trminos del plan, incluyendo convenios de negociacin colectiva y contratos de fideicomiso.

Cobro de un cargo razonable por copia

Informe Anual (Forma 5500) ltimo informe

Informacin financiera acerca del plan que muchos planes deben presentar ante el gobierno dentro de los 7 meses siguientes a la finalizacin del año del plan.

Cobro de un cargo razonable por copia

Qu informacin del plan debera revisar regularmente?

Si usted se encuentra en un plan de beneficios definidos, recibir un estado de cuenta individual de beneficios una vez cada 3 años. Revise la descripcin de todos los beneficios que ha adquirido y si dichos beneficios le han sido conferidos. Del mismo modo, verifique si su fecha de nacimiento, fecha de contratacin y la dems informacin incluida es correcta. Tambin recibir un aviso anual sobre el estado de financiamiento del plan.

Los planes de contribuciones definidas, incluyendo los planes 401(k), tambin deben enviar a los participantes los estados de cuenta individual de beneficios en forma trimestral, si los participantes dirigen las inversiones de sus cuentas, o anualmente, si no lo hacen. Cuando usted recibe un estado de cuenta, verifquelo para asegurarse de que toda la informacin sea exacta. Esta informacin puede incluir:

  • Nivel de salario
  • Montos que usted y su empleador han aportado
  • Años de servicio con el empleador
  • Domicilio
  • Nmero de seguro social
  • Designacin de beneficiarios
  • Estado civil
  • El desempeño de sus inversiones (participantes del plan de contribuciones definidas)
  • Tasas pagada por el plan y/o cobrados a los participantes. (Para mayor informacin, puede enviar un correo electrnico a www.askebsa.dol.gov o llame a nuestro nmero gratuito 1.866.444.3272 para solicitar el folleto A Look at 401(k) Plan Fees.) Verifique en su plan si esta informacin est incluida en los materiales sobre sus opciones de inversin, el estado de beneficios, el Resumen de la Descripcin del Plan o el informe anual del plan (Forma 5500). Consulte el Captulo 7 para mayor informacin sobre las tasas que su empleador puede cargar a su cuenta.

Pasos a seguir

  • Asegrese de haber recibido el Resumen de la Descripcin del Plan y lalo para informarse sobre cmo funciona su plan.
  • Lea otros documentos que reciba de su plan para asegurarse de que est al da con cualquier cambio introducido en el plan y verifique que la informacin contenida en su estado de beneficios sea exacta.
  • Si usted participa en un plan de contribuciones definidas, pida informacin sobre las opciones de inversin disponibles en el plan y averige cundo y cmo puede cambiar las inversiones de la cuenta de su plan.
  • Si sospecha que existen errores en la informacin de su plan, pngase en contacto con el administrador del plan o con el departamento de recursos humanos.
  • Si se han producido cambios en su informacin personal debido a que contrajo matrimonio, se divorci o cambi de domicilio o por otros motivos, pngase en contacto con el administrador de su plan o con el departamento de recursos humanos.
  • Guarde los documentos referentes a su plan en un lugar seguro por si surgiera algn cuestionamiento en el futuro.

Captulo 4: Pago De Beneficios

Una vez que usted comprende qu tipo de plan tiene, cmo gana beneficios y cul ser el monto de sus beneficios, es importante que sepa cundo y cmo puede recibirlos.

Cundo puede empezar a recibir beneficios de jubilacin?

Existen varios puntos que debe tener presente al determinar cundo puede recibir los beneficios:

  1. Las leyes federales suministran pautas, contenidas en la Tabla 7 que aparece a continuacin, sobre cundo deben los planes empezar a pagar los beneficios de jubilacin.
  2. Los planes pueden elegir si empiezan a pagar los beneficios en una fecha ms temprana. Los documentos del plan indicarn cundo puede usted empezar a recibir los pagos de su plan.
  3. Usted debe presentar una solicitud para que empiecen a pagarle los beneficios. Este procedimiento toma algn tiempo por motivos administrativos. (Consulte el Captulo 6).

Tabla 7: Requisitos en virtud de la ley federal de pago de beneficios de jubilacin

De conformidad con la legislacin federal, su plan debe permitirle comenzar a recibir beneficios*
o que suceda en ltima instancia -

Cuando cumpla 65 años o la edad que su plan considera que es la edad normal para jubilarse (si es antes)

O -
10 aos de servicio

O -
Cuando deje de prestar servicios al empleador

*Por motivos administrativos, usted no empezar a recibir los beneficios inmediatamente despus de cumplir con estas condiciones. Como mnimo, su plan dispondr que empezar a recibir los beneficios a los 60 das de finalizado el año del plan en el que usted cumpla con las condiciones. Asimismo, usted debe presentar una solicitud siguiendo los procedimientos de su plan. (Consulte el Captulo 6).

En determinadas circunstancias, se pueden suspender los pagos de sus beneficios si usted sigue trabajando despus de haber cumplido la edad normal para jubilarse. El plan deber notificarle sobre la suspensin de los pagos durante el primer mes calendario o el periodo de nminas en el que se retenga los pagos. Esta informacin tambin debe incluirse en el Resumen de la Descripcin del Plan. Un plan debe informarle tambin sobre los procedimientos que debe seguirse para solicitar una determinacin anticipada acerca de si un tipo determinado de reempleo podra causar la suspensin del pago de beneficios. Si usted es jubilado y est considerando tomar algn empleo, tal vez desee escribir al administrador de su plan y preguntarle si se suspenderan sus beneficios.

La Tabla 7 muestra los requisitos generales que debern haberse cumplido cuando empiecen los pagos. A continuacin se indican algunas variaciones permitidas:

  • Aunque los planes de beneficios definidos y los planes de contribuciones fijas generalmente le permiten recibir beneficios slo cuando usted cumple la edad de jubilacin del plan, algunos planes permiten la jubilacin temprana.
  • Los planes 401(k) a menudo le permiten recibir el saldo de su cuenta cuando usted deja su empleo.
  • Los planes 401(k) pueden permitir distribuciones mientras usted sigue trabajando si ha cumplido 59 años o si tiene problemas financieros.
  • Los planes de profit sharing pueden permitirle recibir los beneficios a los que usted ha adquirido derecho despus de un nmero determinado de años o cuando deje su empleo.
  • Una opcin de jubilacin por etapas permite a los empleados que estn en edad de jubilarse o cerca de esa edad reducir sus horas de trabajo a una jornada parcial, recibir beneficios y seguir recibiendo fondos adicionales.
  • Los ESOP no tienen que pagar beneficios sino hasta un año despus del año del plan en el que usted se jubile o seis años despus si usted deja el empleo por motivos distintos a la jubilacin, deceso o discapacidad.

Advertencia

  1. Usted puede deber impuestos y posiblemente multas por impuestossobre su distribucin si retira dinero antes de cumplir 59 años, a menos que transfiera el dinero a un plan IRA o a otro plan de jubilacin con calificacin tributaria.
  2. Si usted retira la totalidad o una parte de sus fondos de su cuenta antes de cumplir la edad para jubilarse, tendr menos beneficios de jubilacin.

Cul es la fecha lmite en que puede empezar a cobrar sus beneficios?

Las leyes federales establecen una fecha obligatoria antes de la cual usted debe empezar a recibir sus beneficios de jubilacin, aun cuando prefiriera esperar un poco ms. Por lo general, esta fecha de inicio obligatoria se fija para el 1 de abril siguiente al año calendario en el que usted cumpli 70 años o, si es despus, cuando usted se jubile. Sin embargo, su plan puede requerir que usted empiece a recibir las distribuciones aun cuando no se haya jubilado a los 70 años.

De qu forma le pagarn sus beneficios?

Si usted participa en un plan de beneficios definidos o en un plan de contribuciones fijas, el plan debe ofrecerle un beneficio en forma de una anualidad de por vida, lo que significa que usted recibir pagos peridicos iguales, frecuentemente como un beneficio mensual, que seguir recibiendo durante el resto de su vida. Los planes de beneficios definidos y de contribuciones fijas tambin pueden ofrecer otras opciones de pago, de modo que consulte el plan. Si usted participa en un plan de contribuciones definidas (que no sea un plan de contribuciones fijas), el plan puede pagar sus beneficios en una sola suma global y, asimismo, ofrecerle otras opciones, incluyendo pagos durante un periodo (por ejemplo, 5 o 10 años) o una anualidad con pagos mensuales en forma perpetua.

Si usted va a dejar de trabajar con su empleador antes de la edad de jubilacin, consulte el siguiente captulo.

Puede su conyuge recibir su beneficio si usted falleciera primero?

En un plan de beneficios definidos o contribuciones fijas, a menos que usted o su cnyuge elijan de otro modo, la forma de pago incluir un beneficio de sobreviviente. Este beneficio de sobreviviente, llamado anualidad conjunta y de sobreviviente calificada (QJSA, por sus siglas en ingls) proporcionar pagos mientras usted y su cnyuge vivan. El pago del beneficio que su cnyuge sobreviviente reciba debe equivaler por lo menos a la mitad del pago del beneficio que usted recibi mientras vivieron juntos. Si usted opta por no recibir el beneficio de sobreviviente, tanto usted como su cnyuge debern recibir una explicacin escrita sobre la QJSA y, dentro de cierto plazo, usted deber presentar una renuncia escrita y su cnyuge firmar un consentimiento escrito a la forma alternativa de pago sin el beneficio de sobreviviente. Un notario o un representante del plan debern certificar la firma de su cnyuge.

En muchos planes 401(k) y otros planes de contribuciones definidas se establecen diferentes protecciones aplicables a los cnyuges sobrevivientes. En general, en la mayora de los planes de contribuciones definidas, si usted muere antes de recibir sus beneficios, su cnyuge sobreviviente automticamente los recibir. Si usted desea elegir a un beneficiario diferente, su cnyuge debe dar su consentimiento firmando una renuncia, certificada por un notario o por un representante del plan.

Si usted era soltero(a) cuando se inscribi en el plan y posteriormente contrajo matrimonio, es importante que lo informe a su empleador y/o al administrador del plan y cambie su estado civil en el plan. Si no tiene un cnyuge, es importante nombrar a un beneficiario.

Si usted o su cnyuge dejaron el empleo antes del 1 de enero de 1985, se aplicarn normas diferentes. Para mayor informacin sobre tales normas, pngase en contacto con el Departamento del Trabajo llamando al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272.

Puede tomar dinero prestado de la cuenta de su plan 401(k)?

Los planes 401(k) estn autorizados pero no obligados a ofrecer prstamos a los participantes. Los prstamos deben cobrar una tasa razonable de inters y estar adecuadamente garantizados. El plan debe contener un procedimiento para solicitar los prstamos y la poltica para otorgarlos. Los montos de los prstamos se limitarn al 50 por ciento del saldo de su cuenta o $50,000, la suma que resulte menor, que deber reembolsarse en el trmino de 5 años (a menos que el prstamo se utilice para comprar una residencia principal).

Puede usted obtener una distribucin de su plan si todava no ha cumplido 65 años o la edad normal para jubilarse de su plan, pero est pasando por una dificultad financiera importante?

Una vez ms, los planes de contribuciones definidas estn autorizados pero no obligados a proporcionar distribuciones en caso de dificultad financiera. Consulte en el folleto de su plan si ste los permite y qu circunstancias estn consideradas como dificultades financieras.

Pasos a seguir

  • Averige cundo y de qu forma puede recibir sus beneficios al jubilarse.
  • Llene las formas necesarias para actualizar informacin en su plan de jubilacin.
  • Notifique al plan de jubilacin sobre cualquier cambio de domicilio o estado civil.
  • Guarde todos los documentos, incluyendo los resmenes de descripcin del plan, comunicaciones de la compaña y estados de cuentas individuales de beneficios.
  • Para obtener informacin sobre los impuestos, consulte la Publicacin 575 del Servicio de Impuestos Internos (Pension and Annuity Income).

Captulo 5: Retiro De Sus Beneficios De Jubilacin

Si usted deja de trabajar con un empleador antes de cumplir la edad para jubilarse, el tipo de plan en el que participa determinar si usted puede o no retirar sus beneficios y/o reinvertirlos en otro plan o cuenta con calificacin tributaria.

Si usted deja de trabajar con su empleador antes de jubilarse, puede llevarse sus beneficios de jubilacin?

Si participa en un plan de beneficios definidos (distinto a un plan cash balance), lo ms probable es que deba dejar los beneficios en el plan de jubilacin hasta que sea elegible para recibirlos. Por lo tanto, es muy importante que actualice su informacin personal con el administrador del plan regularmente y se mantenga al tanto de cualquier cambio en la propiedad o domicilio de su ex empleador.

Si usted participa en un plan cash balance, probablemente tendr la opcin de transferir por lo menos una parte del saldo de su cuenta a una cuenta de jubilacin individual (IRA) o al plan de un nuevo empleador.

Si deja de trabajar con su empleador antes de cumplir la edad para jubilarse y participa en un plan de contribuciones definidas (como un plan 401(k)), en muchos casos podr transferir el saldo de su cuenta del plan de su empleador.

Qu opciones tiene de llevarse sus beneficios de un plan de contribuciones definidas?

  • Suma total usted puede elegir si recibe sus beneficios en forma de un nico pago de su plan, retirando efectivamente el dinero de su cuenta. En estos casos, es posible que deba pagar impuestos sobre el monto que recibe al igual que una penalidad.
  • Reinversin en otro plan de jubilacin puede pedir a su empleador que transfiera el saldo de su cuenta directamente al plan de su nuevo empleador si aqul acepta dichas transferencias.
  • Reinversin en una cuenta IRA puede pedirle a su empleador que transfiera el saldo de su cuenta directamente a una IRA.
  • Si el saldo de su cuenta es inferior a $5,000 cuando usted deje al empleador, el plan puede efectuar una distribucin automtica sin su consentimiento. Si esta distribucin es mayor a $1,000, el plan debe automticamente reinvertir los fondos en una IRA que ste seleccione, a menos que usted elija recibir un pago por una suma global o reinvertirlo en una cuenta IRA que usted elija. El plan debe en primer lugar enviarle una notificacin permitindole hacer otros arreglos, y debe seguir las normas referentes a qu tipo de cuenta IRA puede utilizarse (es decir, no puede combinar la distribucin con los ahorros que usted ha depositado directamente en una cuenta IRA). Las reinversiones deben efectuarse en una entidad que est calificada para ofrecer planes personales de jubilacin. Asimismo, la IRA de reinversin debe tener inversiones destinadas a mantener el principal. El proveedor de IRA no podr cobrar un exceso de gastos por dichos planes de lo que cobrara a sus otros clientes de planes personales de jubilacin.

A tener en cuenta: Si usted elige un pago por una suma global y no transfiere el dinero a otra cuenta de jubilacin (plan del empleador o IRA que no sea Roth IRA) adeudar una multa por impuestos si tiene menos de 59 años y no cumple con ciertas excepciones. Adems, tal vez tendr menos con qu vivir durante su jubilacin. Transferir el saldo de su cuenta del plan de jubilacin a otro plan o a una IRA cuando deja su empleo proteger las ventajas tributarias de su cuenta y mantendr los beneficios de jubilacin.

Qu sucede si usted deja un empleo y posteriormente regresa?

Si usted deja a un empleador para el cual ha trabajado durante varios años y regresa posteriormente, podr contar esos años anteriores para la adquisicin de derechos. Por lo general, un plan debe conservar los crditos de servicio que usted ha acumulado si deja a su empleador y luego regresa dentro de los cinco años. Los crditos de servicio se refieren a los aos de servicio que cuentan para la adquisicin de derechos sobre los beneficios de jubilacin. Dado que estas normas son muy especficas, debe leer cuidadosamente el documento de su plan si est contemplando dejar por un breve periodo a su empleador, y luego convrselo con el administrador de su plan. Si usted dej el empleo antes del 1 de enero de 1985, se aplicarn normas diferentes.

Si usted se jubila y luego regresa a trabajar para un ex empleador, deben permitirle seguir acumulando beneficios adicionales, con sujecin a un lmite del plan sobre el total de aos de servicio acreditados dentro del plan.

Pasos a seguir

  • Si usted deja a un empleador antes de jubilarse, averige si puede reinvertir sus beneficios en un nuevo plan o en una cuenta IRA.
  • Si est dejando sus beneficios en el plan de su ex empleador, asegrese de mantener a su ex empleador al corriente de la informacin que le permita ponerse en contacto con usted, y mantngase al tanto de la informacin de contacto del empleador.
  • Si est considerando retirar sus beneficios como una suma global, averige qu impuestos y multas deber pagar, y planifique cmo reemplazar esos ingresos de la jubilacin.

Captulo 6: Solicitando Sus Beneficios

Las leyes federales requieren que todos los planes tengan un procedimiento escrito razonable para procesar su solicitud de beneficios y los recursos de apelacin si deniegan su solicitud. El Resumen de la Descripcin del Plan (SPD) debe incluir los procedimientos establecidos por su plan para presentar solicitudes. Habitualmente, se llena la documentacin requerida y se presenta al administrador del plan, quien luego le comunicar cules sern sus beneficios y cuando empezarn dichos beneficios.

Haciendo una reclamacin y solicitando una apelacin

Si se produjera un problema o controversia acerca de si usted califica para recibir los beneficios o qu monto debera recibir, consulte en el plan qu procedimiento debe seguir para presentar una solicitud. Las leyes federales describen los siguientes requisitos para presentar solicitudes:

  • Una vez que presenta su solicitud, el plan puede demorar hasta 90 das para tomar a una decisin o 180 das si el plan le notifica a usted que necesita una prrroga.
  • Si deniegan su solicitud, usted debe recibir una notificacin escrita, que incluya informacin especfica sobre los motivos por los cuales acumularon su solicitud y cmo se apela de la decisin denegatoria.
  • Usted cuenta con 60 das para solicitar una revisin total e imparcial de su solicitud denegada, de acuerdo con el procedimiento de apelaciones del plan.
  • El plan puede demorar hasta 60 das para revisar su apelacin, as como otros 60 das adicionales si le notifica a usted que necesita una prrroga. Luego, debe enviarle una notificacin escrita comunicndole si otorg o deneg la apelacin.
  • Si la apelacin es denegada, le proveern una notificacin escrita donde le explicarn el motivo de la denegacin, describirn cualquier instancia adicional de apelacin y le entregarn una declaracin sobre los derechos que le asisten a usted para pedir una revisin judicial de la decisin del plan.

Si considera que el plan no cumpli con los requisitos de ERISA, puede solicitar ayuda legal si el plan deniega la apelacin. Tambin puede ponerse en contacto con el Departamento del Trabajo para informarse sobre los derechos electrnicamente si visite al sitio web y haga clic en "Solicitud de Asistencia" o llamando al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272.

Para mayor informacin sobre los procedimientos para presentar solicitudes, consulte la publicacin del Departamento del Trabajo Cmo Presentar una Reclamacin por sus Beneficios de Jubilacin. Para obtener una copia, comunquese con el Departamento del Trabajo electrnicamente a traves de www.askebsa.dol.gov o llame al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272.

Pasos a seguir

  • Pngase en contacto con el administrador de su plan para obtener la documentacin que necesita para presentar una solicitud a fin de empezar a recibir sus beneficios de jubilacin.
  • Pngase en contacto con el Departamento del Trabajo (EBSA) electrnicamente si visite al sitio web y haga clic en "Solicitud de Asistencia" o llamando al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272 si tuviera alguna pregunta acerca de su plan o los derechos que le corresponden de conformidad con ERISA.

Captulo 7: Responsabilidades De Los Fiduciarios Del Plan

En todo plan de jubilacin, existen individuos o grupos de personas que hacen uso de su propio juicio o criterio discrecional para administrar y manejar el plan o que tienen la potestad de controlar o efectivamente controlan los activos del plan. Estos individuos o grupos se denominan fiduciarios del plan. La condicin de fiduciario se basa en las funciones que la persona desempeña para el plan, no slo en el ttulo de la persona.

Debe su plan identificar a las personas responsables de las operaciones del plan?

Un plan debe nombrar por lo menos a un fiduciario en el documento escrito del plan, o a travs de un proceso descrito en el plan, que tendr control sobre las operaciones del plan. Este fiduciario puede ser identificado por cargo o nombre. En algunos planes, puede ser un comit administrativo o el directorio de la compaña. Habitualmente, los fiduciarios de un plan incluirn al fideicomisario, a los gerentes de la inversin y al administrador del plan. Por lo general, el administrador del plan es el punto inicial por excelencia para obtener respuestas a las preguntas que usted podra tener acerca del plan.

Cules son las responsabilidades de los fiduciarios del plan?

Los fiduciarios tienen responsabilidades importantes y estn sujetos a determinadas normas de conducta porque actan en representacin de los participantes del plan. Estas responsabilidades comprenden:

  • Actuar exclusivamente en pro de los intereses de los participantes del plan y sus beneficiarios, con el nico propsito de proporcionarles beneficios;
  • Ejecutar sus funciones con habilidad, prudencia y diligencia;
  • Cumplir con los documentos del plan (a menos que no sean coherentes con ERISA);
  • Diversificar las inversiones del plan;
  • Pagar solamente los gastos razonables derivados de la administracin del plan y la inversin de sus activos; y
  • Evitar conflictos de inters.

El fiduciario tambin tiene la responsabilidad de seleccionar a los proveedores de inversin y las opciones de inversin y de monitorear su desempeño. Algunos planes, como la mayora de los planes 401(k) o los planes de profit sharing, pueden establecerse para permitir a los participantes elegir las inversiones de sus cuentas (segn algunas opciones de inversin proporcionadas por el plan). Si el plan est establecido adecuadamente para entregar a los participantes el control sobre sus inversiones, entonces, el fiduciario no ser responsable de las prdidas resultantes de las decisiones de inversin que tomen los participantes. Las normas del Departamento del Trabajo brindan pautas destinadas a asegurar que los participantes dispongan de suficiente informacin sobre las caractersticas especficas de sus opciones de inversin para que puedan tomar decisiones informadas. Esta informacin incluye:

  • Una descripcin de cada opcin de inversin, incluyendo las metas de inversin, riesgo y caractersticas de rentabilidad;
  • Informacin sobre cualquier gerente de inversiones designado;
  • Una explicacin de cundo y cmo puede solicitarse cambios en las inversiones, adems de cualquier restriccin sobre cundo puede usted cambiar de inversin;
  • Un estado de las tasas que pueden cargarle a su cuenta cuando cambie de opciones de inversin o compre y venda inversiones; y
  • El nombre, direccin y nmero de telfono del fiduciario del plan u otra persona designada para proporcionar determinada informacin adicional a solicitud.

Tambin se debe incluir una declaracin de que el propsito del plan es seguir las normas del Departamento del Trabajo y que los fiduciarios podrn ser eximidos de toda responsabilidad en caso de prdidas que sean el resultado directo y necesario de las instrucciones de inversin de un participante.

Para un plan 401(k) de inscripcin automtica, el fiduciario del plan selecciona las inversiones para las contribuciones automticas del empleado si los empleados no proporcionan alternativas de inversin. Si el plan se establece en forma apropiada, usando ciertas inversiones que generalmente minimizan el riesgo de grandes prdidas y proporcionan crecimiento a largo plazo y se proporciona el aviso del proceso automtico de inscripcin del plan, entonces se puede relevar al fiduciario de la responsabilidad de las prdidas resultantes de invertir en estas alternativas por defecto para los participantes. El plan tambin debe proporcionar una amplia gama de inversiones dentro de la cual pueden elegir los participantes e informacin sobre las inversiones del plan para que los participantes puedan tomar decisiones informadas. Los reglamentos del Departamento del Trabajo proporcionan orientacin sobre las alternativas de inversin que se pueden utilizar y el aviso e informacin que se debe proporcionar a los participantes.

Qu sucede si un fiduciario del plan no cumple con sus responsabilidades?

Los fiduciarios que no observan las normas de conducta requeridas pueden ser responsables personalmente. Si el plan perdi dinero porque los fiduciarios no cumplieron con sus deberes, stos tendran que restituir esas prdidas o cualquier ganancia obtenida por acciones indebidas. Por ejemplo, si un empleador no envi las contribuciones 401(k) de los participantes al plan, los fiduciarios tendrn que restituir las contribuciones al plan y cualquier prdida de ganancias, y devolver cualquier utilidad que hayan recibido indebidamente. Los fiduciarios tambin podrn ser destituidos de sus cargos si no siguen las normas de conducta.

Cundo necesita el empleador depositar las contribuciones del empleado en el plan?

Si usted aporta a su plan de jubilacin mediante deducciones de su cheque de pago, entonces el empleador debe seguir algunas normas para asegurarse de depositar las contribuciones a tiempo. Las leyes establecen que el empleador debe depositar las contribuciones de los participantes tan pronto como sea razonablemente posible para separarlas de los activos de la compaña, pero a ms tardar el 15to. da hbil del mes siguiente al da de pago. Para planes pequeños (con menos de 100 participantes) los aportes de reduccin de salario depositados en el plan a ms tardar el 7o da hbil despus de la retencin realizada por el empleado sern considerados aportados en cumplimiento con la ley. En el Informe Anual (Forma 5500), el administrador del plan deber incluir informacin respecto a si los depsitos de las contribuciones se efectuaron a tiempo. Para mayor informacin, consulte las Ten Warning Signs that Your 401 (k) Contributions are Being Misused del Departamento del Trabajo que presenta indicios de posibles demoras en los depsitos de las contribuciones.

Cules son las obligaciones de los fiduciarios del plan con respecto a las tasas y gastos que paga el plan? Puede el plan cargar tasas a mi cuenta del plan de contribuciones definidas?

Los fiduciarios del plan tienen una obligacin especfica de considerar las tasas y gastos que pague su plan por sus operaciones. Las normas relativas al fiduciario de ERISA, tratadas anteriormente, indican que los fiduciarios deben establecer un proceso prudente para seleccionar alternativas de inversin y proveedores de servicios para el plan, asegurarse de que las tarifas pagadas a los proveedores de servicios y otros gastos del plan sean razonables considerando el nivel y la calidad de los servicios prestados, seleccionar alternativas de inversin que sean prudentes y adecuadamente diversificadas y monitorear las alternativas de inversin y los proveedores de servicios una vez que sean seleccionados para cerciorarse de que siguen siendo opciones adecuadas.

El plan puede deducir tasas de la cuenta de su plan de contribuciones definidas. Las tasas de administracin e inversin del plan pueden deducirse de su cuenta ya sea como un cargo directo o indirectamente como una reduccin de los rendimientos de inversin de su cuenta. Las tasas por servicios individuales, como el procesamiento de un prstamo del plan o una orden calificada de relaciones domsticas, tambin pueden cargarse a su cuenta.

Si usted dirige las inversiones de su cuenta, su plan le brindar informacin sobre sus derechos y responsabilidades bajo el plan relacionada con la direccin de sus inversiones. Esto incluye informacin sobre tarifas y gastos que usted necesita para tomar decisiones informadas sobre la gestin de su cuenta. La informacin relacionada con la inversion se entrega en un formato, como un cuadro, que permite la comparacin entre los opciones de inversion del plan. El plan debe brindar esta informacin antes de que usted pueda dirigir inversiones por primera vez y anualmente a partir de entonces e informacin sobre las tarifas y gastos pagados concretamente al menos trimestralmente.

Para mayor informacin, consulte el folleto del Departamento del Trabajo A Look at 401(k) Plan Fees. Para obtener una copia, comunquese con el Departamento del Trabajo electrnicamente a travs de www.askebsa.dol.gov o llame sin cargo al 1.866.444.3272.

Paso a seguir

  • Si tuviera alguna pregunta acerca del manejo del plan y sus activos, pngase en contacto con el administrador su plan.

Captulo 8: Sus Beneficios Durante La Finalizacin De Un Plan O Fusin De La Compaña

Como se indic al inicio de este folleto, los empleadores no estn obligados a ofrecer un plan de jubilacin y los planes pueden modificarse y/o finalizar.

Qu sucede cuando un plan finaliza?

Las leyes federales establecen algunas medidas para proteger a los empleados que participaron en planes que han terminado, tanto de beneficios definidos como de contribuciones definidas. Cuando un plan finaliza, los empleados participantes deben adquirir el 100 por ciento de sus beneficios acumulados. Esto significa que usted tiene derecho a todos los beneficios que haya ganado hasta el momento del trmino del plan, incluso aquellos beneficios que no adquiri y habra perdido si hubiera dejado de trabajar con el empleador. Si el plan terminara parcialmente, por ejemplo, si su empleador cierra una determinada planta o departamento dando como resultado el fin del vnculo laboral con un porcentaje sustancial de los participantes del plan, los empleados afectados deben adquirir de inmediato el 100 por ciento de los beneficios en la medida en que el plan est financiado.

Qu sucede si su plan de beneficios definidos que ha finalizado no cuenta con suficientes fondos para pagar los beneficios?

El gobierno federal, a travs de la PBGC, asegura a la mayora de planes privados de beneficios definidos. Si un plan de beneficios definidos termina sin contar con suficientes fondos para pagar todos los beneficios, la PBGC garantizar el pago de sus beneficios de jubilacin adquiridos hasta los lmites fijados por ley. Para mayor informacin sobre las garantas aplicables cuando un plan finaliza, pngase en contacto con la PBGC llamando al servicio telefnico gratuito 1.800.400.7242 o visite el sitio web.

Qu sucede si finaliza un plan de contribuciones definidas?

La PBGC no garantiza los beneficios de los planes de contribuciones definidas. Si usted participa en un plan de contribuciones definidas que est en proceso de finalizar, los fiduciarios y los fideicomisarios del plan deben tomar medidas para mantener el plan hasta su finalizacin y el pago de los activos.

Estn protegidos sus beneficios acumulados si su plan se fusiona con otro plan?

Las normas de su plan y las opciones de inversin pueden cambiar si su compaña se fusiona con otra compaña. Su empleador puede optar por fusionar su plan con otro plan. Si su plan termina como resultado de la fusin, los beneficios que usted haya acumulado no podrn reducirse. Usted debe recibir un beneficio que sea por lo menos igual al beneficio al cual tena derecho antes de la fusin. En un plan de contribuciones definidas, el valor de su cuenta puede sin embargo fluctuar despus de la fusin en base al desempeño de las inversiones.

Se aplican normas especiales a las fusiones de planes de beneficios definidos patrocinados por mltiples empleadores, que generalmente estn bajo la jurisdiccin de la PBGC. Pngase en contacto con la PBGC para mayor informacin.

Qu sucede si su empleador cae en bancarrota?

En general, sus activos de jubilacin no deberan correr ningn riesgo si su empleador se declara en quiebra. Las leyes federales requieren que los planes de jubilacin financien adecuadamente los beneficios prometidos y mantengan los activos del plan separados de los activos comerciales del empleador. Los fondos deben mantenerse en fideicomiso o invertirse en un contrato de seguro. Los acreedores del empleador no pueden reclamar los fondos del plan de jubilacin. Sin embargo, es una buena idea confirmar que cualquier aportacin que su empleador deduzca de su cheque de pago se enve oportunamente al fideicomiso del plan o al contrato de seguro.

Hechos importantes como quiebras, fusiones y adquisiciones pueden ocasionar que los empleadores abandonen sus planes de cuentas personales (por ejemplo, los planes 401(k)) sin dejar a un fiduciario encargado del manejo del plan. En esta situacin, los participantes frecuentemente tienen grandes problemas para acceder a los beneficios que han ganado y no tienen a quien recurrir para que respondan a sus preguntas. Los custodios como bancos, compañas de seguro y compañas de fondos mutuos quedan en posesin de los activos de estos planes, pero no estn autorizados para dar por terminados los planes ni distribuir los activos. En respuesta a esta situacin, el Departamento del Trabajo emiti normas para crear un proceso voluntario en el que el custodio liquide el negocio del plan a fin de poder efectuar las distribuciones de los beneficios y finalizar el plan. Puede hallarse informacin sobre este programa en el sitio Web del Departamento del Trabajo.

Pasos a seguir

  • Si su ex empleador cierra la empresa, deberan haberse hecho los arreglos necesarios para que un funcionario del plan quede a cargo del pago de los beneficios y de otros negocios del plan. Si usted tiene derecho a recibir los beneficios y no puede comunicarse con el administrador del plan, pngase en contacto con EBSA electrnicamente si visite al sitio web y haga clic en "Solicitud de Asistencia" o llamando al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272.
  • Guarde un archivo con informacin sobre su plan y la compaña. Si la compaña ya no existe con su anterior denominacin, podra encontrar informacin en un motor de bsqueda de Internet ingresando el nombre anterior de la empresa. Si su plan ha sido abandonado, utilice la funcin de bsqueda en el sitio web de EBSA, para averiguar si el custodio del plan est finalizando el plan y la informacin que le permita ponerse en contacto con el custodio.
  • Si su plan se fusiona con otro plan, asegrese de leer las comunicaciones sobre los cambios de su plan, incluyendo los cambios en los beneficios y las opciones de inversin.
  • Si sus beneficios de jubilacin permanecen con un ex empleador, mantngase al corriente de cualquier cambio que introduzca su ex empleador, incluyendo cambios de direccin, fusiones o nombre del empleador.
  • Si usted se traslada a otro lugar, indique al plan la nueva informacin para contactarlo.

Captulo 9: Reclamos Potenciales Contra Su Beneficio (Divorcio)

En general, su plan de jubilacin est protegido contra reclamos de otras personas. Los acreedores a los cuales usted debe dinero no pueden presentar ningn reclamo contra los fondos que usted tiene en un plan de jubilacin. Por ejemplo, si usted deja a su empleador y transfiere su cuenta 401(k) a una cuenta de jubilacin individual (IRA), los acreedores en general no podrn acceder a los fondos de IRA aun cuando usted se declare en quiebra.

Las leyes federales hacen una excepcin en el caso de manutencin familiar y la divisin de bienes cuando se produce un divorcio. Un juzgado estatal puede otorgar una parte o la totalidad de los beneficios de jubilacin de un participante a su cnyuge, ex cnyuge, hijo u otro dependiente. El receptor nombrado en la orden se denomina el beneficiario alternativo. El juzgado expide una orden judicial llamada orden de relaciones domsticas, que puede tener la forma de una sentencia emitida por un juzgado de primera instancia, un fallo u orden o una aprobacin del juzgado a un acuerdo de separacin de bienes. La orden debe decidir temas relacionados con la pensin para hijos menores, pensin alimenticia del cnyuge divorciado o derechos sobre bienes gananciales, y debe emitirse de conformidad con el derecho de familia del estado. El administrador del plan determina si la orden es una orden calificada de relaciones domsticas (QDRO, por sus siglas en ingls) en virtud de los procedimientos del plan y luego notifica al participante y al beneficiario alternativo. Si el participante sigue trabajando, una QDRO puede requerir que el pago al beneficiario empiece cuando el participante cumpla lo antes posible la edad de jubilacin indicada en el plan o despus de cumplida dicha edad. Estas normas se aplican tanto a los planes de beneficios definidos como a los planes de contribuciones definidas. Para mayor informacin, consulte la publicacin de EBSA, QDROs The Division of Retirement Benefits Through Qualified Domestic Relations Orders. Para obtener una copia, comunquese con el Departamento del Trabajo electrnicamente a travs de www.askebsa.dol.gov o llame sin cargo al 1.866.444.3272.

Paso a seguir

  • Si se encuentra en proceso de divorcio, debe conversar sobre estos temas con el administrador de su plan y su abogado.

Captulo 10: Qu Debe Hacer Si Tiene Un Problema

Algunas veces, los administradores de los planes de jubilacin, gerentes y otras personas que intervienen en el plan cometen errores. Algunos ejemplos de estos errores pueden ser:

  • El estado de su cuenta personal o 401(k) regularmente llega atrasada o a intervalos irregulares;
  • El saldo de su cuenta no parece ser exacto;
  • Su empleador no transmite su aportacin al plan puntualmente;
  • El administrador de su plan no le entrega ni le enva una copia del Resumen de la Descripcin del Plan; o
  • Sus beneficios son calculados en forma incorrecta.

Es importante que usted sepa que puede hacer el seguimiento a un posible error sin temor de ser objeto de alguna sancin. La ley prohbe que los empleadores despidan o impongan alguna accin disciplinaria a los empleados para evitar pagar un beneficio, como represalia porque un empleado ejerce cualquiera de los derechos contemplados en un plan o en la ley federal de jubilacin (ERISA) o por dar informacin o su testimonio en alguna indagacin o proceso relacionado con ERISA.

Empiece con su empleador y/o administrador del plan

Si encuentra un error o tiene alguna pregunta, en muchos casos puede comenzar buscando informacin en su Resumen de la Descripcin del Plan. Adems, puede ponerse en contacto con su empleador y/o el administrador del plan y pedirles que le expliquen lo que ha sucedido y/o hacer la correccin correspondiente.

Es posible entablar una accin legal al amparo de ERISA?

S, usted tiene derecho a entablar una accin legal contra su plan y sus fiduciarios para hacer valer o esclarecer sus derechos de conformidad con ERISA y su plan en las siguientes situaciones:

  • Apelar una solicitud denegada de beneficios despus de agotar el proceso de revisin de solicitudes de su plan;
  • Cobrar los beneficios que le adeuden;
  • Esclarecer su derecho a beneficios futuros;
  • Obtener documentos del plan que anteriormente solicit por escrito, pero que no recibi;
  • Resolver el incumplimiento de las funciones del fiduciario de una plan; o
  • Impedir que el plan contine incurriendo en un acto o prctica que viola los trminos del plan o ERISA.

Cul es la funcin del Departamento del Trabajo?

La Administracin de Seguridad de Beneficios del Empleado (EBSA) del Departamento del Trabajo de EE.UU. es la entidad responsable de hacer cumplir las disposiciones de ERISA que rigen la conducta de los fiduciarios de los planes, la inversin y la proteccin de los activos de los planes, la generacin y divulgacin de informacin sobre los planes y los derechos a los beneficios y responsabilidades de los participantes.

Sin embargo, no todos los planes de jubilacin estn cubiertos por ERISA. Por ejemplo, los planes del gobierno federal, estatal o local y los planes de algunas iglesias no estn cubiertos.

El Departamento del Trabajo aplica las leyes mediante la resolucin informal de las controversias relacionadas con los beneficios, la conduccin de investigaciones y la solicitud de correccin de violaciones de la ley, incluyendo el inicio de litigios cuando sea necesario.

El Departamento cuenta con asesores en materia de beneficios de jubilacin abocados a prestar asistencia individual a los participantes y beneficiarios. Los participantes recibirn informacin sobre los derechos y responsabilidades que les corresponde bajo la ley y ayuda para obtener los beneficios a los que tienen derecho.

Pngase en contacto con el asesor de beneficios electrnicamente si visite al sitio web y haga clic en "Solicitud de Assistencia" o llamando al servicio telefnico gratuito 1.866.444.3272.

Pasos a seguir

Pngase en contacto con EBSA del Departamento del Trabajo si tuviera alguna pregunta con respecto a ERISA, si necesita ayuda para obtener un beneficio o:

  • Si considera que su solicitud de beneficios ha sido injustamente denegada o que su beneficio fue calculado en forma incorrecta;
  • Si tiene informacin de que los activos del plan estn siendo mal administrados o mal utilizados;
  • Si considera que los fiduciarios del plan estn actuando indebidamente; o
  • Si piensa que su empleador se ha demorado en depositar sus contribuciones (consulte el Captulo 7).

Qu otras entidades federales pueden ayudar a los participantes y beneficiarios?

La Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC) es una organizacin creada por autorizacin federal que garantiza el pago de algunos beneficios de pensin en la mayora de planes privados de beneficios definidos cuando dichos planes finalizan con fondos insuficientes para pagar los beneficios.

Puede ponerse en contacto con el PBGC en:

Pension Benefit Guaranty Corporation
1200 K Street, NW
Washington, DC 20005-4026
Telfono: 202.326.4000
Servicio telefnico gratuito: 1.800.400.PBGC (7242)

El Servicio de Impuestos Internos del Departamento del Tesoro es responsable de las normas que conceden beneficios tributarios tanto para los empleados como para los empleadores en relacin con los planes de jubilacin, incluyendo los requisitos de adquisicin de derechos y distribucin de beneficios. El IRS mantiene una lnea de asistencia al contribuyente para los planes de jubilacin en el servicio telefnico gratuito 1.877.829.5500. El centro de llamadas est abierto al pblico de lunes a viernes.

Glosario

Acumulacin de beneficios El monto de beneficios acumulados de conformidad con el plan.

Administrador del plan La persona que est identificada en el documento del plan como responsable del manejo del plan. Puede ser el empleador, un comit de empleados, el ejecutivo de una compaña o alguna persona contratada para ese fin.

Año del plan Un periodo de 12 meses designado por un plan de jubilacin para calcular la adquisicin de derechos y distribucin, entre otros aspectos. El año del plan puede ser el año calendario o un periodo alternativo, por ejemplo, del 1 de julio al 30 de junio.

Años de servicio El tiempo que una persona ha trabajado en un empleo cubierto por el plan. Se utilizan para determinar cundo puede una persona participar y adquirir derechos y cmo puede acumular beneficios en el plan.

Beneficios adquiridos Los beneficios que la persona haya recibido en virtud de un derecho adquirido para recibir los mismos y los cuales no puede perder.

Cuenta de Jubilacin Individual (IRA) Una cuenta individual abierta en una institucin financiera, como un banco o compaña de fondos mutuos. De conformidad con la legislacin federal, las personas pueden guardar ahorros personales hasta un monto determinado y las inversiones se incrementan con el beneficio del pago diferido de impuestos. Adems, los participantes del plan de contribuciones definidas pueden transferir dinero de un plan de jubilacin del empleador a una cuenta IRA cuando dejan al empleador. Las cuentas IRA tambin pueden ser parte del plan de un empleador.

Documento del plan Un instrumento escrito de conformidad con el cual se establece y opera el plan.

Estado de cuenta individual de beneficios Un estado de cuenta individual de beneficios proporciona informacin sobre los beneficios de jubilacin de un participante, como el total de beneficios ganados en el plan y los beneficios adquiridos, de manera peridica. Se podr incluir informacin adicional segn el tipo del plan, tal como la forma en que se invierte una cuenta del plan 401(k) y el valor de dichas inversiones.

Fideicomisario del plan Una persona que tiene la autoridad y discrecin exclusivas para administrar y controlar los activos del plan. El fideicomisario puede estar sujeto a la direccin de un fiduciario designado, el cual puede nombrar a uno o ms administradores de inversin para los activos del plan.

Fiduciario del plan Cualquier persona que ejerza autoridad o control discrecional sobre el manejo o administracin del plan, ejerza alguna autoridad o control sobre el manejo o disposicin de los activos del plan o brinde asesora en inversiones a cambio de honorarios u otra retribucin con respecto a los activos del plan.

Inscripcin Automtica - Los empleadores pueden inscriber a los empleados automticamente en un plan, tal como un plan 401(k) o un plan IRA-SIMPLE, e inverter ciertos aportes descontados del sueldo del empleado en ciertas inversiones predeterminadas, a no ser que los empleados decidan lo contrario. Los participantes tienen la oportunidad de optar por no participar y oportunidades peridicas para realizar cambios en sus inversiones (o en un IRA-SIMPLE, la institucin financiera en la que se invierten los aportes).

Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilacin de los Empleados de 1974 (ERISA) Se trata de una ley federal que dispone normas de proteccin para las personas en la mayora de planes de jubilacin del sector privado establecidos voluntariamente. ERISA requiere que los planes proporcionen a los participantes informacin sobre el plan, incluyendo hechos importantes sobre sus caractersticas y la financiacin; establece normas mnimas de participacin, adquisicin de derechos, acumulacin de beneficios y financiacin; dispone responsabilidades fiduciarias para aquellas personas que administran y controlan los activos del plan; requiere que los planes establezcan un proceso para presentar solicitudes e interponer apelaciones para que los participantes obtengan beneficios de sus planes; da a los participantes el derecho de iniciar accin legal para obtener sus beneficios o por el incumplimiento del deber fiduciario; y si un plan de beneficios definidos termina, garantiza el pago de algunos beneficios mediante una entidad constituida por autorizacin federal, conocida como la Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC).

Plan 401(k) En este tipo de plan de contribuciones definidas, el empleado puede hacer contribuciones de su cheque de pago antes de la deduccin de impuestos. Las contribuciones se destinan a una cuenta 401(k) y el empleado a menudo elige las inversiones en base a las opciones propuestas por el plan. En algunos planes, el empleador tambin hace contribuciones, que son paralelas a las contribuciones del empleado, hasta un determinado porcentaje. Los planes SIMPLE y safe harbor 401(k) tienen requisitos adicionales de contribuciones para los empleadores y de adquisicin de derechos sobre los beneficios.

Plan cash balance Un tipo de plan de beneficios definidos que incluye algunos elementos que son similares a un plan de contribuciones definidas porque el monto del beneficio se calcula en base a una frmula que utiliza crditos de contribuciones y ganancias, y cada participante tiene una cuenta hipottica. Los planes de saldo de efectivo tienen ms posibilidades que los planes tradicionales de beneficios definidos de efectuar distribuciones en forma de una suma global. (Para mayor informacin, consulte Frequently Asked Questions about Cash Balance Pension Plans.)

Plan de beneficios definidos Este tipo de plan, tambin conocido como plan de jubilacin tradicional, promete al participante un beneficio mensual especfico al momento de jubilarse. A menudo, el beneficio se basa en factores como su salario, su edad y el nmero de años que usted trabaj para el empleador.

Plan de contribuciones definidas En un plan de contribuciones definidas, el empleado y/o el empleador hacen contribuciones a la cuenta personal del empleado conforme a los trminos del plan. El empleado a menudo decide cmo invertir el monto de sus cuentas. El monto de la cuenta al momento de la distribucin incluye las contribuciones y las ganancias o prdidas de las inversiones menos cualquier tasa administrativa o de inversin. Las contribuciones y ganancias no se gravan con impuestos hasta el momento de la distribucin. El valor de la cuenta cambiar sobre la base del valor y el desempeño de las inversiones.

Plan de contribuciones fijas Este tipo de plan requiere contribuciones anuales fijas del empleador a las cuentas personales y est sujeto a otras normas.

Plan de contribuciones paralelas con incentivo de ahorros para empleados de pequeñas empresas (SIMPLE) Un plan en el cual una pequeña empresa con 100 o un nmero menor de empleados puede ofrecer beneficios de jubilacin mediante reducciones salariales del empleado y contribuciones paralelas (similares a las contribuciones del plan 401(k)). Puede ser un plan IRA-SIMPLE o un plan SIMPLE 401(k). Los planes IRA-SIMPLE imponen pocas cargas administrativas a los empleadores porque las cuentas IRA pertenecen a los empleados y el banco o institucin financiera que recibe los fondos efectan la mayor parte de los trmites. Si bien cada plan tiene diferentes caractersticas, incluso lmites de aportacin y disponibilidad de prstamos, las contribuciones que se requiere del empleador son inmediatamente adquiridas al 100 por ciento por los participantes en ambos planes.

Plan de acciones adquiridas del empleado (ESOP) Un tipo de plan de contribuciones definidas que invierte principalmente en acciones del empleador.

Plan de pensin simplificado del empleado (SEP) Un plan donde el empleador realiza contribuciones con beneficios tributarios a cuentas de jubilacin individuales (IRA) pertenecientes a los empleados. Si se cumplen determinadas condiciones, el empleador no estar obligado a informar ni a divulgar los requisitos de la mayora de los planes de jubilacin. En un plan SEP, se establece una cuenta IRA a favor de un empleado donde se depositan las contribuciones que efecta el empleador.

Plan de profit sharing Un plan de profit sharing permite anualmente al empleador determinar qu monto aportar al plan (en base a las utilidades o de otro modo) en efectivo o en acciones del empleador. El plan contiene una frmula para asignar la aportacin anual entre los participantes.

Plan patrocinado por mltiples empleadores Un plan de jubilacin patrocinado por varios empleadores en virtud de acuerdos de negociacin colectiva que cumple con otros requisitos. Un participante puede cambiar empleo de un empleador patrocinador a otro siempre que permanezca dentro del mismo plan.

Plan safe harbor 401(k) Un plan safe harbor 401(k) es similar a un plan tradicional 401(k), pero el empleador debe realizar contribuciones para cada empleado. Las contribuciones del empleador en los planes safe harbor 401(k) son inmediatamente adquiridas al 100 por ciento por los participantes. Este plan disminuye las cargas administrativas impuestas a los empleadores al eliminar algunas de las normas tributarias complejas que generalmente se aplican a los planes tradicionales 401(k).

Reinversin Una reinversin se produce cuando un participante deja de trabajar con un empleador y dirige el plan de contribuciones definidas para transferir el dinero de su cuenta a un nuevo plan o a una cuenta personal de jubilacin. Este procedimiento mantiene los beneficios y no activa ninguna consecuencia tributaria si se realiza de manera oportuna.

Resumen de la descripcin del plan - Un documento proporcionado por el administrador del plan que incluye una descripcin en lenguaje simple sobre las caractersticas importantes del plan, por ejemplo, cundo empiezan los empleados a participar en el plan, de qu modo se calcula el tiempo de servicio y el monto de los beneficios, cundo se adquiere el derecho sobre los beneficios, cundo se recibe el pago de los beneficios y de qu manera y cmo debe presentarse una solicitud de beneficios. Se debe informar a los participantes sobre cualquier cambio sustancial ya sea mediante un Resumen revisado de la Descripcin del Plan o un documento separado llamado Resumen de Modificaciones Sustanciales.

Esta publicacin ha sido desarrollada por el Departamento del Trabajo de EE.UU., Administracin de Seguridad de Beneficios del Empleado (EBSA, por sus siglas en inglés). Para ver esta publicacin y otras publicaciones de EBSA, visite al sitio web de la agencia en: www.dol.gov/ebsa. Para solicitar publicaciones, puede enviar un correo electrnico en: www.askebsa.dol.gov. Para hablar con un asesor sobre beneficios, visite al sitio web de la Administracin de Seguridad de Beneficios del Empleado a www.dol.gov/ebsa y haga clic en "Solicitud de Asistencia." O llame a nuestro nmero gratuito: 1.866.444.3272.

Este material estar disponible en formatos alternativos segn solicitud para personas discapacitadas. Telfono de voz: 202.693.8664, TTY: 202.501.3911. Este cuadernillo es una pequea gua de cumplimiento de la entidad para efectos de la Ley de Aplicacin de Regulaciones de Pequeos Negocios de 1996.