Hoja de Datos # 17A: Exención para Ejecutivos, Administradores, Profesionales, Empleados de Informática y Ventas Exteriores Bajo la Ley de Normas Razonables de Trabajo (FLSA)
Revised May 2020
NOTICE: The U.S. Department of Labor final rule, Defining and Delimiting the Exemptions for Executive, Administrative, Professional, Outside Sales, and Computer Employees, takes effect on July 1, 2024. The final rule updates and revises the regulations issued under section 13(a)(1) of the Fair Labor Standards Act implementing the exemption from minimum wage and overtime pay requirements for executive, administrative, and professional (EAP) employees. Revisions include increases to the standard salary level and the highly compensated employee total annual compensation threshold, and a mechanism that provides for the timely and efficient updating of these earnings thresholds to reflect current earnings data. The information on this webpage will be updated shortly.
Esta hoja de datos ofrece información general sobre la exención a salario mínimo y pago de sobretiempo de la Sección 13(a)(1) de la FLSA de acuerdo a Regulaciones, 29 CFR Parte 541.
La FLSA requiere que a la mayor parte de los empleados en Estados Unidos se les pague al menos el salario mínimo federal por todas las horas trabajadas y pago de sobretiempo a no menos de tiempo y medio de la tasa regular por todas las horas trabajadas por encima de 40 horas por semana laboral.
No obstante, la Sección 13(a)(1) de la FLSA provee una exención al salario mínimo y pago de sobretiempo a los empleados verificados en cargos como ejecutivos, administradores, profesionales y vendedores al exterior. La Sección 13(a)(1) y 13(a)(17) también exentan a ciertos empleados de informática. Para calificar para exención, los empleados generalmente deben cumplir con ciertos criterios respecto a sus responsabilidades laborales y ser pagados en base a un salario no menor a $684* por semana. Los empleadores pueden usar bonos no discrecionales y pagos de incentivos (incluidas comisiones) pagados anualmente o con mayor frecuencia, para satisfacer hasta el 10 por ciento del nivel base salarial. Los títulos de los cargos no determinan el estatus de exención. Para que aplique una exención, las responsabilidades específicas al puesto del empleado y su salario deben cumplir con todos los criterios de las regulaciones del Departamento.
Consultar otras hojas de datos de esta serie para obtener más información sobre las exenciones para ejecutivos, administradores, profesionales, empleados informáticos y de ventas al exterior, y para información adicional sobre el requisito en base a sueldo.
Exención Ejecutiva
Para calificar para la exención de empleados ejecutivos, todos estos criterios se deben cumplir:
- El empleado debe ser pagado en base a un sueldo (como se define en las regulaciones) a una tasa no inferior a $684* por semana;
- La principal responsabilidad del empleado debe ser la dirección de la empresa, o la dirección de un departamento o división de la empresa comúnmente referidos como tal;
- El empleado debe por costumbre y regularmente dirigir el trabajo de dos o más empleados a tiempo completo o su equivalente; y
- El empleado debe tener la autoridad para contratar o despedir otros empleados, o se deben valorar sus sugerencias y recomendaciones respecto a contrataciones, despidos, adelantos, promociones o cualquier otro cambio de estatus de otros empleados.
Exenciones Administrativas
Para calificar para la exención de empleados administrativos todos estos criterios se deben cumplir:
- El empleado debe ser pagado en base a un sueldo o tasa (como definen las regulaciones) a una tarifa no inferior a $684* por semana;
- La principal responsabilidad del empleado debe ser el desempeño de tareas de oficina o no manuales directamente relacionadas a la gerencia o a operaciones generales de la empresa o de los clientes del empleador; y
- La responsabilidad principal del empleado incluye el ejercer criterio y juicio independiente sobre asuntos de importancia.
Exención Profesional
Para calificar para la exención de profesional docto, se deben cumplir todos estos criterios:
- Se debe pagar al empleado a base a un sueldo o tasa (como definen las regulaciones) a una tarifa no inferior a $684* por semana;
- La principal responsabilidad del empleado debe ser el desempeño de trabajo que exija conocimientos avanzados, que refiere a trabajo de índole predominantemente intelectual y que incluye asuntos que exigen un uso consistente de discernimiento y juicio;
- Los conocimientos avanzados deben referirse al campo científico o de sabiduría; y
- Los conocimientos avanzados se deben adquirir normalmente un curso prolongado de la instrucción intelectual especializada,
Para calificar a la exención de empleado profesional creativo, se deben cumplir todos estos criterios:
- Se debe pagar al empleado a base a un sueldo o tasa (como definen las regulaciones) a una tarifa no inferior a $684* por semana;
- La principal responsabilidad del empleado debe ser el desempeño de un trabajo que requiera invención, imaginación, originalidad o talento en un reconocido campo artístico ocreativo.
Exención para Empleados de Computadoras
Para calificar a la exención de empleado de computadoras se deben cumplir todos estos criterios:
- Se debe pagar al empleado o en a base a un sueldo o a una tasa (como definen los 3 reglamentos) a una tarifa no inferior a $684* por semana o, si se le paga por horas, a una tarifa no inferior a $27.63 por hora;
- El empleado debe tener empleo como analista de sistemas informáticos, programador de computadoras, ingeniero de programas informáticos, u otro empleado con habilidades semejantes en el campo de las computadoras desempeñando las tareas abajo descritas:
- La principal tarea del empleado debe consistir de:
- Aplicación de técnicas de análisis de sistemas y procedimientos, incluidas consultas con usuarios, para determinar el “hardware”, “software” y especificaciones funcionales del sistema;
- Diseño, desarrollo, documentación, análisis, creación, prueba o modificación de sistemas o programas de informática, incluidos prototipos, basados en y relacionados a especificaciones del usuario o al diseño del sistema;
- Diseño, documentación, prueba, creación o modificación de programas informáticos relacionados a sistemas operativos; o
- Una combinación de las tareas anteriormente mencionadas cuyo desempeño exige el mismo nivel de destrezas.
Exención para Empleados de Ventas al Exterior
Para calificar para la exención por ventas al exterior, se deben cumplir todos estos criterios:
- La principal responsabilidad del empleado deben ser ventas (como se define en la FLSA), u obtener órdenes o contratos para servicios o para instalaciones cuyo uso será pagado por el cliente o comprador; y
- El empleado debe estar habitual y regularmente ocupado fuera de la ubicación de la empresa o negocio del empleador.
Empleados Altamente Retribuidos
Empleados altamente retribuidos realizando trabajo de oficina o no manual y pagados anualmente una compensación de $107,432 o más (que debe incluir al menos $684* por semana en base a salario o tasa) están exentos a la FLSA si habitual y regularmente desempeñan al menos una de las responsabilidades de un empleado exento ejecutivo, administrativo o profesional identificado en los criterios normales para exención.
Obreros
Las exenciones provistas por la Sección 13(a)(1) de FLSA aplican sólo a empleados profesionales que cumplen con los criterios que se establecen en la Parte 541 de las regulaciones. Las exenciones no aplican a trabajadores manuales o a otros obreros desempeñados en trabajos que involucran maniobras repetitivas con las manos, habilidad física y energía. Empleados bajo la FLSA, empleados no gerentes en producción, mantenimiento, construcción y ocupaciones semejantes como carpinteros, electricistas, mecánicos, plomeros, fundidores, artesanos, operadores, estibadores, trabajadores de la construcción y obreros por día tienen derecho a salario mínimo y prima por sobretiempo bajo la FLSA, y no están exentos según la Parte 541 de las regulaciones, independientemente de qué altamente sean pagados.
Policías, Bomberos, Paramédicos y Otros Agentes de Respuesta Inicial
Las exenciones tampoco aplican a policías, detectives, adjuntos a sheriff, patrulleros de carretera estatales, investigadores, inspectores, oficiales de prisiones, agentes judiciales de permisos y vigilancia, guardabosques, bomberos, paramédicos, técnicos de emergencia médica, personal de ambulancia, trabajadores de rescate, trabajadores de materiales peligrosos y empleados semejantes, independientemente de rango o nivel salarial, que desempeñan trabajos tales como prevenir, controlar o apagar fuegos de cualquier tipo; rescatar víctimas de fuegos, crímenes o accidentes; prevenir o detectar crímenes; investigar o inspeccionar violaciones a la ley; monitorear; perseguir, inmovilizar y arrestar sospechosos; detener o supervisar criminales bajo sospecha o convictos, incluso aquéllos bajo custodia vigilada o en libertad condicional; entrevistar a testigos; interrogar y tomar huellas digitales a sospechosos; preparar informes de investigación; o cualquier otro trabajo parecido.
Otras Leyes y Acuerdos de Negociación Colectiva
La FLSA provee normas mínimas que se pueden exceder, pero que no pueden ser saltadas o reducidas. Los empleadores tienen que cumplir, por ejemplo, con cualquier ley, reglamento u ordenanza Federal, Estatal o municipal que establezca un salario mínimo superior, o fije un máximo inferior por semana laboral a aquéllos que establece la FLSA. Asimismo, los empleadores pueden, por cuenta propia cuenta o bajo un acuerdo de negociación colectiva, proveer un salario superior, una semana laboral más corta, o tasas de pago por sobretiempo superiores a aquéllas que provee la FLSA. Aunque los acuerdos de negociación colectiva no pueden descartar o reducir las protecciones de la FLSA, nada en la FLSA o en la regulación Parte 541 exonere a empleadores de sus obligaciones contractuales bajo dichos acuerdos de negociación colectiva.
Dónde Se Puede Conseguir Información Adicional
Para conseguir información adicional visite nuestro “Web site” de Horas y Sueldos bajo la dirección: http://www.wagehour.dol.gov y/o llame a nuestra línea de información y asistencia, gratuitamente, disponible de 8 de la mañana a 5 de la tarde en su huso horario, 1-866-4USWAGE (1-866-487-9243).
El propósito de esta publicación es servir de información general y no se debe pensar que contiene el mismo peso que tiene una postura oficial contenida en los reglamentos.