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Lo Que Usted Debe Saber...Sobre Su Plan De Retiro Introducción El plan de ahorros de jubilación patrocinado por su empleador es un aspecto fundamental de la seguridad económica de su futuro. Es importante que usted comprenda cómo funciona su plan y qué beneficios recibirá. Así como usted esta al tanto de sus cuentas monetarias que coloca en un banco o en otra institución financiera, también debe hacer lo mismo con sus beneficios de jubilación por el bien de sus intereses. Las personas responsables de administrar y supervisar su plan de jubilación deben seguir ciertas reglas al operar el plan, manejar el dinero del plan y supervisar a las empresas que administran ese dinero. Usted también debe comprender y monitorear su plan de jubilación y sus beneficios. A manera de ayuda, encontrará la sección de pasos a seguir en cada capítulo. Este folleto le ayuda a entender su plan, explica qué información debe revisar regularmente y a donde debe acudir si necesita respuesta a sus preguntas. Incluye información sobre:
Planes de jubilación que cubre este folleto Este folleto cubre planes de jubilación privados que están regidos por leyes federales y pautas de la Employee Retirement Income Security Act of 1974 (ERISA) (Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado de 1974) y el Código de Impuestos Internos. ERISA es una ley federal que establece normas para la mayoría de planes de jubilación patrocinados por empleadores y sindicatos en la industria privada e impone responsabilidades a aquellas personas que dirigen el plan. Los participantes de estos planes tienen ciertos derechos pero también algunas responsabilidades. Las normas tratadas en este folleto no se aplican a todos los planes de jubilación. Por ejemplo, la información no se aplica a:
Asimismo, si usted participa en un plan de negociación colectiva, las reglas que se aplican de conformidad con ERISA pueden ser diferentes en algunos casos. La información contenida en las siguientes páginas contesta las preguntas más comunes sobre los planes de jubilación. Sin embargo, tenga en cuenta que este folleto es un resumen simplificado de los derechos y responsabilidades de los participantes, no una interpretación legal de ERISA. Capítulo 1: Tipos De Planes De Jubilación El primer paso para comprender sus beneficios de jubilación es averiguar qué clase de plan de jubilación tiene su empleador. Existen dos tipos principales de planes, el plan de beneficios definidos y el plan de contribuciónes definidas, descritos en este folleto y detallados en la Tabla 1. Tenga en cuenta que su empleador puede tener más de un tipo de plan y puede haber establecido diferentes requisitos de participación para cada plan. Un plan de beneficios definidos, financiado por el empleador, promete un beneficio mensual específico al momento de la jubilación. El plan puede fijar este beneficio en un monto exacto en dólares como, por ejemplo, $100 al mes al momento de la jubilación. O bien, como ocurre más a menudo, puede calcular su beneficio mediante una fórmula que incluye factores como su salario, su edad y el número de años que trabajó en la compañía. Por ejemplo, sus beneficios de pensión podrían ser igual al 1% de su salario promedio de los últimos 5 años de trabajo por el total de años de servicio. Un plan de contribuciónes definidas, por otro lado, no promete un monto específico de beneficios al momento de la jubilación. En este caso, usted y/o su empleador aportan dinero a su cuenta personal en el plan. En muchos casos, será responsabilidad suya elegir la forma de inversión de estas contribuciónes y decidir cuánto aportar de su cheque de pago mediante deducciones antes de impuestos. Su empleador podrá aportar a su cuenta, en algunos casos en forma paralela por el equivalente a un determinado porcentaje de sus contribuciónes. El valor de su cuenta dependerá del monto que se haya aportado y de los buenos resultados de las inversiones. Al momento de la jubilación, usted recibe el saldo de su cuenta, que reflejará las contribuciónes, las ganancias o pérdidas de las inversiones y cualquier tasa aplicada a su cuenta. El plan 401(k) es un tipo popular de plan de contribuciónes definidas y existen tres tipos de planes 401(k): tradicional, SIMPLE 401(k) y Safe Harbor 401(k). El plan SIMPLE-IRA, el plan SEP, el plan de participación accionaria para el empleado (ESOP) y el plan de profit-sharing son otros ejemplos de planes de contribuciónes definidas. (Consulte las explicaciones de los diferentes tipos de planes en el Glosario que aparece al final de este folleto). Nota
Pasos a seguir Pregunte a su administrador del plan, la oficina de recursos humanos o al empleador información sobre que clase o typos de planes existen en el centro de trabajo. Puede solicitar una copia del Resumen de la Descripción del Plan (el folleto del plan de jubilación que usted debería recibir cuando se inscriba en el plan) y examinar la información acerca del plan. |
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Capítulo 2: Ganancia De Beneficios De Jubilación Una vez que usted sabe qué tipo de plan de jubilación ofrece su empleador, debe averiguar cuándo puede participar en el plan y empieze a ganar los beneficios. Las normas del plan pueden variar siempre que cumplan con los requisitos de la legislación federal. Usted debe verificar su plan o examinar el folleto del plan (Resumen de la Descripción del Plan) para conocer las normas y requisitos de su plan. El plan puede requerir que usted trabaje para la compañía por un determinado periodo antes de que pueda participar en el plan. Además, típicamente hay un plazo que cumplir para empezar a acumular los beneficios y adquirir el derecho sobre ellos (algunas veces denominado “adquisición de derecho sobre los beneficios”). ¿Quién puede participar en el plan de jubilación de su
empleador? ¿Cuándo puede iniciar su participación? Los empleadores son algo flexibles cuando requieren años de servicio adicionales en algunas circunstancias. Por ejemplo, si su plan le permite adquirir derecho sobre los beneficios (este tema es tratado con detalle más adelante en este Capítulo) inmediatamente después de que empieza a participar en el plan, éste puede establecer como requisito que usted trabaje para la compañía durante dos años antes de poder participar en el plan. Las leyes federales también imponen otras normas de participación para determinadas circunstancias. Por ejemplo, si usted es un trabajador mayor cuando lo contratan, no pueden excluirlo de participar en el plan sólo porque está próximo a cumplir la edad para jubilarse. Algunos planes 401(k) inscriben automáticamente a los empleados. Esto significa que usted se convertirá en forma automática en participante del plan a menos que opte por mantenerse fuera. El plan deducirá un nivel fijo de aportación de su cheque de pago y lo colocará en una inversión predeterminada. Si su empleador tiene un plan 401(k), averigüe si el plan es de inscripción automática, la fecha en que empieza su participación y cuándo se invierten los fondos. Los planes de inscripción automática deben darle la oportunidad de cambiar una vez al año la tasa de aportación o salirse del plan. (Nota: Verifique en el folleto del plan información sobre cuándo puede cambiar sus opciones de inversión). ¿Cuándo empieza a acumular beneficios? Los planes de beneficios definidos a menudo cuentan sus años de servicio para determinar si usted ha ganado un beneficio y también para calcular cuánto recibirá por concepto de beneficios al momento de la jubilación. Los empleados participantes del plan que trabajan a jornada parcial, pero que laboran 1,000 horas o más al año, deben ser acreditados con una porción del beneficio en proporción con lo que habrían percibido si hubieran trabajado a tiempo completo. En un plan de contribuciónes definidas, la acumulación de sus beneficios es el monto de contribuciónes y ganancias que se han acumulado en su plan 401(k) o en la cuenta de otro plan de jubilación menos cualquier tasa aplicada a su cuenta por el plan. Las normas especiales acerca de cuándo empieza usted a acumular beneficios pueden aplicarse a ciertos tipos de planes de jubilación. Por ejemplo, en un Plan de Pensión Simplificado del Empleado (SEP), todos los participantes que reciben por lo menos $450 al año de sus empleadores tienen derecho a recibir una aportación. ¿Puede un plan reducir los beneficios prometidos? Asimismo, en muchas situaciones, si una compañía da por terminado un plan de beneficios definidos que no cuenta con suficiente fondos para pagar todos los beneficios prometidos, el Pension Benefit Guaranty Corporation pagará a los participantes y beneficiarios del plan algunos beneficios de jubilación, pero posiblemente menos de los beneficios prometidos (Para mayor información, visite el sitio web de PBGC en www.pbgc.gov.) En un plan de contribuciónes definidas, el empleador puede cambiar el monto de sus contribuciónes en el futuro. Dependiendo de los términos del plan, el empleador puede también dejar de hacer contribuciónes por algunos años o de forma indefinida. Finalmente, un empleador puede dar por terminado un plan de beneficios definidos o un plan de contribuciónes definidas, pero no podrá reducir el beneficio que usted ya haya acumulado en el plan. ¿Cuán pronto adquiere usted derecho sobre sus beneficios acumulados? No obstante, usted no tiene necesariamente derecho inmediato sobre las contribuciónes efectuadas por su empleador. Las leyes federales estipulan un número máximo de años que una compañía puede requerir que los empleados trabajen para adquirir el derecho sobre la totalidad o alguna parte de estos beneficios. (Consulte las tablas que muestran las normas sobre la adquisición de derechos). En un plan de beneficios definidos, un empleador puede requerir que los empleados tengan 5 años de servicio para adquirir derecho sobre los beneficios financiados por el empleador. Los empleadores también pueden elegir un cronograma de adquisición gradual de derechos, que establezca que un empleado debe trabajar 7 años para hacerse del 100% de los beneficios, pero dispone por lo menos un 20% de adquisición de derecho sobre los beneficios a los 3 años, 40% a los 4 años, 60% a los 5 años y 80% a los 6 años de servicio. La Tabla 3 muestra los cronogramas permitidos para la adquisición de derechos en los planes de beneficios definidos actualmente vigentes. Los planes pueden establecer un cronograma diferente siempre y cuando sea más generoso que estos cronogramas de adquisición de derechos. En un plan de contribuciónes definidas como un plan 401(k), usted siempre adquirirá el 100% de derechos sobre sus propias contribuciónes a un plan y sobre cualquier ganancia posterior que generen sus contribuciónes. Sin embargo, en la mayoría de planes de contribuciónes definidas, es posible que usted deba trabajar varios años antes de poder adquirir derechos sobre las contribuciónes paralelas del empleador. (Hay excepciones, como los planes SIMPLE 401(k) y Safe Harbor 401(k), donde usted adquiere inmediatamente derecho sobre todas las contribuciónes requeridas del empleador). Actualmente, los empleadores pueden elegir entre dos cronogramas de adquisición de derechos diferentes establecidos para las contribuciónes paralelas de los empleadores del plan 401(k), presentados en la Tabla 2. Su empleador puede utilizar un cronograma donde los empleados adquieren al 100% el derecho sobre las contribuciónes del empleador después de 3 años de servicio, lo que se denomina adquisición automática (porque la adquisición del derecho es al 100% de una sola vez). En cambio, en la adquisición gradual de derechos, un empleado debe adquirir por lo menos el 20% de los derechos a los 2 años, el 40% a los 3 años, el 60% a los 4 años, el 80% a los 5 años y el 100% a los 6 años. Usted puede perder algunos de los beneficios que haya ganado aportados por el empleador si deja su empleo antes de haber trabajado un periodo suficientemente largo para adquirir derecho sobre los beneficios de un plan. Sin embargo, una vez que adquiere tales derechos, le corresponde recibir la parte adquirida de sus beneficios aun cuando deje su empleo antes del momento de la jubilación. Pero incluso cuando tenga derecho a algunos beneficios, el valor de la cuenta de su plan de contribuciónes definidas podría disminuir después de que usted deje su empleo como resultado del desempeño de las inversiones. Nota Si usted deja su compañía y luego regresa, podrá contar su periodo anterior de servicio como parte de los años de servicio que necesita para poder adquirir derecho sobre los beneficios proporcionados por el empleador. A menos que la interrupción del servicio en la compañía haya sido de 5 años o el tiempo equivalente a la duración de su empleo antes de la interrupción, el que resulte mayor, usted podría contar ese periodo anterior a su interrupción. Dado que estas normas son muy específicas, debe leer el documento del plan con cuidado si está contemplando interrumpir por un breve periodo el servicio que presta a su empleador, y luego conversarlo con el administrador de su plan. Si usted dejó su empleo antes del 1 de enero de 1985, se aplicarán normas diferentes. Para mayor información, póngase en contacto con el Departamento de Trabajo llamando al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272). |
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Nota Con respecto a los planes sujetos a convenios de negociación colectiva, la fecha de entrada en vigencia será la fecha que se cumpla primero en que finalice el último de los convenios de negociación colectiva en virtud del cual se mantiene el plan, finaliza o — * 1/1/99. Pasos a seguir
Capítulo 3: Información Sobre El Plan Que Debe Examinar Si tiene alguna pregunta acerca de su plan de jubilación, puede empezar buscando una respuesta en la información que proporciona el plan. Puede también solicitar esta información al administrador de su plan, que es la persona encargada de manejar el plan. Su empleador le dirá cómo puede ponerse en contacto con el administrador de su plan. Información proporcionada por el plan de jubilación Cada plan de jubilación debe contar con un documento formal y escrito que describa detalladamente cómo funciona el plan y cuáles son sus requisitos. Como se señaló anteriormente, existe también un folleto que describe las normas clave del plan, denominado Resumen de la Descripción del Plan (SPD), que debe ser más sencillo de leer y comprender. El SPD también debe incluir un resumen de cualquier cambio sustancial introducido en el plan o en la información que debe recoger el SPD. En muchos casos, usted puede empezar con el SPD y luego consultar el documento del plan si tiene todavía alguna pregunta pendiente. Además, los planes deben proporcionarle varias notificaciones. Algunas de las notificaciones más importantes se describen en la Tabla 5. Por ejemplo, los planes de contribuciónes definidas, como los planes 401(k), generalmente deben proveer un preaviso a los empleados cuando se produce un “periodo de restricción”. Por “periodo de restricción” se entiende un periodo en el que queda suspendido el derecho de un participante a dirigir inversiones, tomar préstamos u obtener distribuciones por lo menos durante tres días hábiles consecutivos. Los períodos de restricción pueden producirse a menudo cuando los planes cambian de administradores o de opciones de inversión. En los periodos indicados a continuación, deben facilitarle a usted, automáticamente y sin ningún costo, algunas informaciones sobre el plan como el Resumen de la Descripción del Plan. Usted puede solicitar un Resumen de la Descripción del Plan en otras oportunidades, pero su empleador podría cobrarle un derecho por copia. Debe preguntar al administrador del plan si necesita otra información, como una copia del documento escrito del plan o el informe financiero anual del plan (Forma 5500), y tal vez deba pagar un derecho por copia. Consulte las Tablas 5 y la Tabla 6. Muchos empleadores proporcionan información valiosa en un sitio web. En algunos casos, los planes suministran información con mayor frecuencia a la requerida por las leyes federales. Por ejemplo, muchos planes de contribuciónes definidas significativas proporcionan estados de beneficios trimestrales y algunos planes permiten que los participantes verifiquen sus estados en línea o por teléfono. El informe financiero anual del plan (Forma 5500) también está disponible (si el número de páginas es mayor a 100, debe pagar un cargo por copia) si se pone en contacto con el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América, EBSA Public Disclosure Facility, Room N-1513, 200 Constitution Avenue, NW, Washington, D.C. 20210, teléfono: 202.693.8673. Además, si el administrador del plan no le proporciona a usted, en su calidad de participante cubierto por el plan, una copia del Resumen de la Descripción del Plan automáticamente o después de que usted lo solicite, puede ponerse en contacto con el Departamento de Trabajo al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) donde le brindarán la ayuda que necesite. |
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¿Qué información del plan debería revisar regularmente? Muchos planes de contribuciónes definidas, incluyendo los planes 401(k), envían estados de cuenta personales de beneficios a los participantes. Si usted recibe un estado de cuenta, verifíquelo para asegurarse de que toda la información sea exacta. Esta información puede incluir:
Pasos a seguir
Capítulo 4: Pago De Beneficios Una vez que usted comprende qué tipo de plan tiene, cómo gana beneficios y cuál será el monto de sus beneficios, es importante que sepa cuándo y cómo puede recibirlos. ¿Cuándo puede empezar a recibir beneficios de jubilación?
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*Por motivos administrativos, usted no empezará a recibir los beneficios inmediatamente después de cumplir con estas condiciones. Como mínimo, su plan dispondrá que empezará a recibir los beneficios a los 60 días de finalizado el año del plan en el que usted cumpla con las condiciones. Asimismo, usted debe presentar una solicitud siguiendo los procedimientos de su plan. (Consulte el Capítulo 6). En determinadas circunstancias, se pueden suspender los pagos de sus beneficios si usted sigue trabajando después de haber cumplido la edad normal para jubilarse. El plan deberá notificarle sobre la suspensión de los pagos durante el primer mes calendario o el periodo de nóminas en el que se retenga los pagos. Esta información también debe incluirse en el Resumen de la Descripción del Plan. Un plan debe informarle también sobre los procedimientos que debe seguirse para solicitar una determinación anticipada acerca de si un tipo determinado de reempleo podría causar la suspensión del pago de beneficios. Si usted es jubilado y está considerando tomar algún empleo, tal vez desee escribir al administrador de su plan y preguntarle si se suspenderían sus beneficios. La Tabla 7 muestra los requisitos generales que deberán haberse cumplido cuando empiecen los pagos. A continuación se indican algunas variaciones permitidas:
Advertencia
¿Cuál es la fecha límite en que puede empezar a cobrar sus beneficios? ¿De qué forma le pagarán sus beneficios? Si usted va a dejar de trabajar con su empleador antes de la edad de jubilación, consulte el siguiente Capítulo. ¿Puede su conyuge recibir su beneficio si usted falleciera primero? En muchos planes 401(k) y otros planes de contribuciónes definidas se establecen diferentes protecciones aplicables a los cónyuges sobrevivientes. En general, en la mayoría de los planes de contribuciónes definidas, si usted muere antes de recibir sus beneficios, su cónyuge sobreviviente automáticamente los recibirá. Si usted desea elegir a un beneficiario diferente, su cónyuge debe dar su consentimiento firmando una renuncia, certificada por un notario o por un representante del plan. Si usted era soltero(a) cuando se inscribió en el plan y posteriormente contrajo matrimonio, es importante que lo informe a su empleador y / o al administrador del plan y cambie su estado civil en el plan. Si no tiene un cónyuge, es importante nombrar a un beneficiario. Si usted o su cónyuge dejaron el empleo antes del 1 de enero de 1985, se aplicarán normas diferentes. Para mayor información sobre tales normas, póngase en contacto con el Departamento de Trabajo llamando al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272). ¿Puede tomar dinero prestado de la cuenta de su plan 401(k)? ¿Puede usted obtener una distribución de su plan si todavía no ha cumplido
65 años o la edad normal para jubilarse de su plan, pero está pasando por una
dificultad financiera importante? Pasos a seguir
Capítulo 5: Retiro De Sus Beneficios De Jubilación Si usted deja de trabajar con un empleador antes de cumplir la edad para jubilarse, el tipo de plan en el que participa determinará si usted puede o no retirar sus beneficios y / o reinvertirlos en otro plan o cuenta con calificación tributaria. ¿Si usted deja de trabajar con su empleador antes de jubilarse, puede
llevarse sus beneficios de jubilación? Si usted participa en un plan cash balance, probablemente tendrá la opción de transferir por lo menos una parte del saldo de su cuenta a una cuenta personal de jubilación o al plan de un nuevo empleador. Si deja de trabajar con su empleador antes de cumplir la edad para jubilarse y participa en un plan de contribuciónes definidas (como un plan 401(k)), en muchos casos podrá transferir el saldo de su cuenta del plan de su empleador. ¿Qué opciones tiene de llevarse sus beneficios de un plan de contribuciónes definidas?
A tener en cuenta: Si usted elige un pago por una suma global y no transfiere el dinero a otra cuenta de jubilación (plan del empleador o IRA que no sea Roth IRA) adeudará una multa por impuestos si tiene menos de 59½ años y no cumple con ciertas excepciones. Además, tal vez tendrá menos con qué vivir durante su jubilación. Transferir el saldo de su cuenta del plan de jubilación a otro plan o a una IRA cuando deja su empleo protegerá las ventajas tributarias de su cuenta y mantendrá los beneficios de jubilación. ¿Qué sucede si usted deja un empleo y posteriormente regresa? Si usted se jubila y luego regresa a trabajar para un ex empleador, deben permitirle seguir acumulando beneficios adicionales, con sujeción a un límite del plan sobre el total de años de servicio acreditados dentro del plan. Pasos a seguir
Capítulo 6: Solicitando Su Beneficios Las leyes federales requieren que todos los planes tengan un procedimiento escrito razonable para procesar su solicitud de beneficios y los recursos de apelación si deniegan su solicitud. El Resumen de la Descripción del Plan (SPD) debe incluir los procedimientos establecidos por su plan para presentar solicitudes. Habitualmente, se llena la documentación requerida y se presenta al administrador del plan, quien luego le comunicará cuáles serán sus beneficios y cuando empezarán dichos beneficios. Haciendo una reclamación y solicitando una apelación Si se produjera un problema o controversia acerca de si usted califica para recibir los beneficios o qué monto debería recibir, consulte en el plan qué procedimiento debe seguir para presentar una solicitud. Las leyes federales describen los siguientes requisitos para presentar solicitudes:
Si considera que el plan no cumplió con los requisitos de ERISA, puede solicitar ayuda legal si el plan deniega la apelación. También puede ponerse en contacto con el Departamento de Trabajo para informarse sobre los derechos que le corresponden en virtud de ERISA llamando al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272). Para mayor información sobre los procedimientos para presentar solicitudes, consulte la publicación del Departamento de Trabajo “Filing a Claim for Your Retirement Benefits” en www.dol.gov/ebsa o llame al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272).” Pasos a seguir
Capítulo 7: Responsabilidades De Los Fiduciarios Del Plan En todo plan de jubilación, existen individuos o grupos de personas que hacen uso de su propio juicio o criterio discrecional para administrar y manejar el plan o que tienen la potestad de controlar o efectivamente controlan los activos del plan. Estos individuos o grupos se denominan fiduciarios del plan. La condición de fiduciario se basa en las funciones que la persona desempeña para el plan, no sólo en el título de la persona. ¿Debe su plan identificar a las personas responsables de las operaciones del
plan? ¿Cuáles son las responsabilidades de los fiduciarios del plan?
El fiduciario también tiene la responsabilidad de seleccionar a los proveedores de inversión y las opciones de inversión y de monitorear su desempeño. Algunos planes, como la mayoría de los planes 401(k) o los planes de participación en las utilidades, pueden establecerse para permitir a los participantes elegir las inversiones de sus cuentas (según algunas opciones de inversión proporcionadas por el plan). Si el plan está establecido adecuadamente para entregar a los participantes el control sobre sus inversiones, entonces, el fiduciario no será responsable de las pérdidas resultantes de las decisiones de inversión que tomen los participantes. Las normas del Departamento de Trabajo brindan pautas destinadas a asegurar que los participantes dispongan de suficiente información sobre las características específicas de sus opciones de inversión para que puedan tomar decisiones informadas. Esta información incluye:
También se debe incluir una declaración de que el propósito del plan es seguir las normas del Departamento de Trabajo y que los fiduciarios podrán ser eximidos de toda responsabilidad en caso de pérdidas que sean el resultado directo y necesario de las instrucciones de inversión de un participante. ¿Qué sucede si un fiduciario del plan no cumple con sus responsabilidades? ¿Cuándo necesita el empleador depositar las contribuciónes del empleado en
el plan? ¿Cuáles son las obligaciones de los fiduciarios del plan con respecto a las
tasas y gastos que paga el plan? ¿Puede el plan cargar tasas a mi cuenta del
plan de contribuciónes definidas? El plan puede deducir tasas de la cuenta de su plan de contribuciónes definidas. Las tasas de administración e inversión del plan pueden deducirse de su cuenta ya sea como un cargo directo o indirectamente como una reducción de los rendimientos de inversión de su cuenta. Las tasas por servicios individuales, como el procesamiento de un préstamo del plan o una ”Qualified Domestic Relations Order,” también pueden cargarse a su cuenta. Para mayor información, consulte el folleto del Departamento de Trabajo “A Look at 401(k) Plan Fees” en el sitio web www.dol.gov/ebsa o llame al servicio telefónico gratuito del Departamento de Trabajo en 1.866.444.EBSA (3272). Paso a seguir
Capítulo 8: Sus Beneficios Durante La Finalización De Un Plan O Fusión De La Compañía Como se indicó al inicio de este folleto, los empleadores no están obligados a ofrecer un plan de jubilación y los planes pueden modificarse y /o finalizar. ¿Qué sucede cuando un plan finaliza? ¿Qué sucede si su plan de beneficios definidos que ha finalizado no cuenta
con suficientes fondos para pagar los beneficios? ¿Qué sucede si finaliza un plan de contribuciónes definidas? ¿Están protegidos sus beneficios acumulados si su plan se fusiona con otro
plan? Se aplican normas especiales a las fusiones de planes de beneficios definidos patrocinados por múltiples empleadores, que generalmente están bajo la jurisdicción del PBGC. Póngase en contacto con el PBGC para mayor información. ¿Qué sucede si su empleador cae en bancarrota? Hechos importantes como quiebras, fusiones y adquisiciones pueden ocasionar que los empleadores abandonen sus planes de cuentas personales (por ejemplo, los planes 401(k)) sin dejar a un fiduciario encargado del manejo del plan. En esta situación, los participantes frecuentemente tienen grandes problemas para acceder a los beneficios que han ganado y no tienen a quien recurrir para que respondan a sus preguntas. Los custodios como bancos, compañías de seguro y compañías de fondos mutuos quedan en posesión de los activos de estos planes, pero no están autorizados para dar por terminados los planes ni distribuir los activos. En respuesta a esta situación, el Departamento de Trabajo emitió normas para crear un proceso voluntario en el que el custodio liquide el negocio del plan a fin de poder efectuar las distribuciones de los beneficios y finalizar el plan. Puede hallarse información sobre este programa en el sitio web del Departamento de Trabajo en www.dol.gov/ebsa. Pasos a seguir
Capítulo 9: Reclamos Potenciales Contra Sus Beneficios (Divorcio) En general, su plan de jubilación está protegido contra reclamos de otras personas. Los acreedores a los cuales usted debe dinero no pueden presentar ningún reclamo contra los fondos que usted tiene en un plan de jubilación. Por ejemplo, si usted deja a su empleador y transfiere su cuenta 401(k) a una cuenta personal de jubilación (IRA), los acreedores en general no podrán acceder a los fondos de IRA aun cuando usted se declare en quiebra. Las leyes federales hacen una excepción en el caso de manutención familiar y la división de bienes cuando se produce un divorcio. Un juzgado estatal puede otorgar una parte o la totalidad de los beneficios de jubilación de un participante a su cónyuge, ex cónyuge, hijo u otro dependiente. El receptor nombrado en la orden se denomina el beneficiario alternativo. El juzgado expide una orden judicial llamada orden de juzgado de familia, que puede tener la forma de una sentencia emitida por un juzgado de primera instancia, un fallo u orden o una aprobación del juzgado a un acuerdo de separación de bienes. La orden debe decidir temas relacionados con la pensión para hijos menores, pensión alimenticia del cónyuge divorciado o derechos sobre bienes gananciales, y debe emitirse de conformidad con el derecho de familia del estado. El administrador del plan determina si la orden es una orden calificada de un juzgado de familia (QDRO) en virtud de los procedimientos del plan y luego notifica al participante y al beneficiario alternativo. Si el participante sigue trabajando, una QDRO puede requerir que el pago al beneficiario empiece cuando el participante cumpla lo antes posible la edad de jubilación indicada en el plan o después de cumplida dicha edad. Estas normas se aplican tanto a los planes de beneficios definidos como a los planes de contribuciónes definidas. Para mayor información, consulte la publicación de EBSA, “QDROs – The Division of Pensions Through Qualified Domestic Relations Orders” disponible llamando al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) o consultando en el sitio web www.dol.gov/ebsa. Paso a seguir
Capítulo 10: ¿Qué Debe Hacer Si Tiene Un Problema? Algunas veces, los administradores de los planes de jubilación, gerentes y otras personas que intervienen en el plan cometen errores. Algunos ejemplos de estos errores pueden ser:
Es importante que usted sepa que puede hacer el seguimiento a un posible error sin temor de ser objeto de alguna sanción. La ley prohíbe que los empleadores despidan o impongan alguna acción disciplinaria a los empleados para evitar pagar un beneficio, como represalia porque un empleado ejerce cualquiera de los derechos contemplados en un plan o en la ley federal de jubilación (ERISA) o por dar información o su testimonio en alguna indagación o proceso relacionado con ERISA. Empiece con su empleador y / o administrador del plan Si encuentra un error o tiene alguna pregunta, en muchos casos puede comenzar buscando información en su Resumen de la Descripción del Plan. Además, puede ponerse en contacto con su empleador y / o el administrador del plan y pedirles que le expliquen lo que ha sucedido y / o hacer la corrección correspondiente. ¿Es posible entablar una acción legal al amparo de ERISA?
¿Cuál es la función del Departamento de Trabajo? Sin embargo, no todos los planes de jubilación están cubiertos por ERISA. Por ejemplo, los planes del gobierno federal, estatal o local y los planes de algunas iglesias no están cubiertos. El Departamento de Trabajo aplica las leyes mediante la resolución informal de las controversias relacionadas con los beneficios, la conducción de investigaciones y la solicitud de corrección de violaciones de la ley, incluyendo el inicio de litigios cuando sea necesario. El Departamento cuenta con asesores en materia de beneficios de jubilación abocados a prestar asistencia individual a los participantes y beneficiarios. Los participantes recibirán información sobre los derechos y responsabilidades que les corresponde bajo la ley y ayuda para obtener los beneficios a los que tienen derecho. Póngase en contacto con el asesor de beneficios llamando al servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) o consultando por vía electrónica en el sitio web http://askebsa.dol.gov. Pasos a seguir Póngase en contacto con EBSA del Departamento de Trabajo si tuviera alguna pregunta con respecto a ERISA, si necesita ayuda para obtener un beneficio o:
¿Qué otras entidades federales pueden ayudar a los participantes y
beneficiarios? Puede ponerse en contacto con el PBGC en:
El Servicio de Impuestos Internos del Departamento del Tesoro es responsable de las normas que conceden beneficios tributarios tanto para los empleados como para los empleadores en relación con los planes de jubilación, incluyendo los requisitos de adquisición de derechos y distribución de beneficios. El IRS mantiene una línea de asistencia al contribuyente para los planes de jubilación en el servicio telefónico gratuito 1.877.829.5500. El centro de llamadas está abierto al público de lunes a viernes. Glossary Plan 401(k) – En este tipo de plan de contribuciónes definidas, el empleado puede hacer contribuciónes de su cheque de pago antes de la deducción de impuestos. Las contribuciónes se destinan a una cuenta 401(k) y el empleado a menudo elige las inversiones en base a las opciones propuestas por el plan. En algunos planes, el empleador también hace contribuciónes, que son paralelas a las contribuciónes del empleado, hasta un determinado porcentaje. Los planes SIMPLE y Safe Harbor 401(k) tienen requisitos adicionales de contribuciónes para los empleadores y de adquisición de derechos sobre los beneficios. Acumulación de beneficios – El monto de beneficios acumulados de conformidad con el plan. Plan cash balance – Un tipo de plan de beneficios definidos que incluye algunos elementos que son similares a un plan de contribuciónes definidas porque el monto del beneficio se calcula en base a una fórmula que utiliza créditos de contribuciónes y ganancias, y cada participante tiene una cuenta hipotética. Los planes de saldo de efectivo tienen más posibilidades que los planes tradicionales de beneficios definidos de efectuar distribuciones en forma de una suma global. (Para mayor información, consulte ”Frequently Asked Questions about Cash Balance Pension Plans” (Preguntas frecuentes acerca de los planes de jubilación de saldo de efectivo” en el sitio web del Departamento de Trabajo en www.dol.gov/ebsa/faqs/.) Plan de beneficios definidos – Este tipo de plan, también conocido como plan de jubilación tradicional, promete al participante un beneficio mensual específico al momento de jubilarse. A menudo, el beneficio se basa en factores como su salario, su edad y el número de años que usted trabajó para el empleador. Plan de contribuciónes definidas – En un plan de contribuciónes definidas, el empleado y / o el empleador hacen contribuciónes a la cuenta personal del empleado conforme a los términos del plan. El empleado a menudo decide cómo invertir el monto de sus cuentas. El monto de la cuenta al momento de la distribución incluye las contribuciónes y las ganancias o pérdidas de las inversiones menos cualquier tasa administrativa o de inversión. Las contribuciónes y ganancias no se gravan con impuestos hasta el momento de la distribución. El valor de la cuenta cambiará sobre la base del valor y el desempeño de las inversiones. Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado de 1974 (ERISA) – Se trata de una ley federal que dispone normas de protección para las personas en la mayoría de planes de jubilación del sector privado establecidos voluntariamente. ERISA requiere que los planes proporcionen a los participantes información sobre el plan, incluyendo hechos importantes sobre sus características y la financiación; establece normas mínimas de participación, adquisición de derechos, acumulación de beneficios y financiación; dispone responsabilidades fiduciarias para aquellas personas que administran y controlan los activos del plan; requiere que los planes establezcan un proceso para presentar solicitudes e interponer apelaciones para que los participantes obtengan beneficios de sus planes; da a los participantes el derecho de iniciar acción legal para obtener sus beneficios o por el incumplimiento del deber fiduciario; y si un plan de beneficios definidos termina, garantiza el pago de algunos beneficios mediante una entidad constituida por autorización federal, conocida como el Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC). Plan de participación accionaria para el empleado (ESOP) – Un tipo de plan de contribuciónes definidas que invierte principalmente en acciones del empleador. Estado personal de beneficios – Un estado personal de beneficios proporciona información sobre los beneficios de jubilación de un participante, como el total de beneficios ganados en el plan y los beneficios adquiridos, de manera periódica. La información adicional incluida puede depender del tipo de plan como, por ejemplo, de qué manera se invierte la cuenta del plan 401(k). Cuenta Personal de Jubilación (IRA) – Una cuenta personal abierta en una institución financiera, como un banco o compañía de fondos mutuos. De conformidad con la legislación federal, las personas pueden guardar ahorros personales hasta un monto determinado y las inversiones se incrementan con el beneficio del pago diferido de impuestos. Además, los participantes del plan de contribuciónes definidas pueden transferir dinero de un plan de jubilación del empleador a una cuenta IRA cuando dejan al empleador. Las cuentas IRA también pueden ser parte del plan de un empleador. Plan de contribuciónes fijas – Este tipo de plan requiere contribuciónes anuales fijas del empleador a las cuentas personales y está sujeto a otras normas. Plan patrocinado por múltiples empleadores – Un plan de jubilación patrocinado por varios empleadores en virtud de acuerdos de negociación colectiva que cumple con otros requisitos. Un participante puede cambiar empleo de un empleador patrocinador a otro siempre que permanezca dentro del mismo plan. Administrador del plan – La persona que esté identificada en el documento del plan como responsable del manejo del plan. Puede ser el empleador, un comité de empleados, el ejecutivo de una compañía o alguna persona contratada para ese fin. Documento del plan – Un instrumento escrito de conformidad con el cual se establece y opera el plan. Fiduciario del plan – Cualquier persona que ejerza autoridad o control discrecional sobre el manejo o administración del plan, ejerza alguna autoridad o control sobre el manejo o disposición de los activos del plan o brinde asesoría en inversiones a cambio de honorarios u otra retribución con respecto a los activos del plan. Fideicomisario del plan – Una persona que tiene la autoridad y discreción exclusivas para administrar y controlar los activos del plan. El fideicomisario puede estar sujeto a la dirección de un fiduciario designado, el cual puede nombrar a uno o más administradores de inversión para los activos del plan. Año del plan – Un periodo de 12 meses designado por un plan de jubilación para calcular la adquisición de derechos y distribución, entre otros aspectos. El año del plan puede ser el año calendario o un periodo alternativo, por ejemplo, del 1 de julio al 30 de junio. Plan de profit-sharing – Un plan de participación en las utilidades permite anualmente al empleador determinar qué monto aportará al plan (en base a las utilidades o de otro modo) en efectivo o en acciones del empleador. El plan contiene una fórmula para asignar la aportación anual entre los participantes. Reinversión – Una reinversión se produce cuando un participante deja de trabajar con un empleador y dirige el plan de contribuciónes definidas para transferir el dinero de su cuenta a un nuevo plan o a una cuenta personal de jubilación. Este procedimiento mantiene los beneficios y no activa ninguna consecuencia tributaria si se realiza de manera oportuna. Plan Safe Harbor 401(k) – Un plan Safe Harbor 401(k) es similar a un plan tradicional 401(k), pero el empleador debe realizar contribuciónes para cada empleado. Las contribuciónes del empleador en los planes Safe Harbor 401(k) son inmediatamente adquiridas al 100% por los participantes. Este plan disminuye las cargas administrativas impuestas a los empleadores al eliminar algunas de las normas tributarias complejas que generalmente se aplican a los planes tradicionales 401(k). Plan de contribuciónes paralelas con incentivo de ahorros para empleados de pequeñas empresas (SIMPLE) – Un plan en el cual una pequeña empresa con 100 o un número menor de empleados puede ofrecer beneficios de jubilación mediante reducciones salariales del empleado y contribuciónes paralelas (similares a las contribuciónes del plan 401(k)). Puede ser un plan SIMPLE IRA o un plan SIMPLE 401(k). Los planes SIMPLE IRA imponen pocas cargas administrativas a los empleadores porque las cuentas IRA pertenecen a los empleados y el banco o institución financiera que recibe los fondos efectúan la mayor parte de los trámites. Si bien cada plan tiene diferentes características, incluso límites de aportación y disponibilidad de préstamos, las contribuciónes que se requiere del empleador son inmediatamente adquiridas al 100% por los participantes en ambos planes. Plan de pensión simplificado del empleado (SEP) – Un plan donde el empleador realiza contribuciónes con beneficios tributarios a cuentas personales de jubilación (IRA) pertenecientes a los empleados. Si se cumplen determinadas condiciones, el empleador no estará obligado a informar ni a divulgar los requisitos de la mayoría de los planes de jubilación. En un plan SEP, se establece una cuenta IRA a favor de un empleado donde se depositan las contribuciónes que efectúa el empleador. Resumen de la descripción del plan - Un documento proporcionado por el administrador del plan que incluye una descripción en lenguaje simple sobre las características importantes del plan, por ejemplo, cuándo empiezan los empleados a participar en el plan, de qué modo se calcula el tiempo de servicio y el monto de los beneficios, cuándo se adquiere el derecho sobre los beneficios, cuándo se recibe el pago de los beneficios y de qué manera y cómo debe presentarse una solicitud de beneficios. Se debe informar a los participantes sobre cualquier cambio sustancial ya sea mediante un Resumen revisado de la Descripción del Plan o un documento separado llamado Resumen de Modificaciones Sustanciales. Beneficios adquiridos – Los beneficios que la persona haya recibido en virtud de un derecho adquirido para recibir los mismos y los cuales no puede perder. Años de servicio – El tiempo que una persona ha trabajado en un empleo cubierto por el plan. Se utilizan para determinar cuándo puede una persona participar y adquirir derechos y cómo puede acumular beneficios en el plan. |
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