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July 24, 2008    DOL Home > Compliance Assistance > Guía de Derecho Laboral > Notificación de los derechos del empleado con respecto al pago de las cuotas sindicales
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GUÍA DE DERECHO LABORAL

--> Capítulo: Notificación de los derechos del empleado con respecto al pago de las cuotas sindicales


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Información relacionada

Compliance Assistance By Law

DOL Agency Assistance

Actualización: Septiembre de 2005


Decreto 13201 (E.O. 13201)

Quiénes cuentan con protección

El decreto 13201 (E.O. 13201) se aplica a los contratistas y subcontratistas gubernamentales con un contrato igual o sobre el Umbral Adquisitivo Simplificado (Simplified Acquisition Threshold) de $100,000 celebrado el 28 de abril de 2004, o posterior a esta fecha, como consecuencia de peticiones presentadas el 18 de abril de 2001, o posteriores a esta fecha.

Disposiciones básicas / requisitos

El decreto 13201 exige que los contratistas federales coloquen una notificación (el Póster Beck) para informar a los empleados sobre los derechos relacionados con la afiliación a sindicatos y el uso de cuotas y matrículas sindicales en virtud de las leyes federales. Estos contratistas deben incluir una cláusula de notificación a los empleados en los subcontratos u órdenes de compra celebrados que revistan relación con un contrato cubierto. Asimismo, dicha cláusula exige que los subcontratistas emitan la notificación e incluyan este requisito en los subcontratos subsiguientes.

Este requisito no se aplica a los establecimientos o las obras de construcción del contratista ubicados en jurisdicciones donde las leyes estatales prohíben la supervisión del cumplimiento de los convenios de seguridad sindical. Tampoco se aplica a los establecimientos o las obras de construcción donde no se ha reconocido formalmente la formación de un sindicato por parte del contratista o certificado su designación como representante sindical exclusivo.

El requisito tampoco se aplica en establecimientos regidos por un contratista principal y uno o más subcontratistas en un único lugar, donde el contratista principal, es decir, la persona que celebra el contrato con la agencia de contratación federal, no ha reconocido la formación de un sindicato o éste no ha sido certificado como el representante sindical exclusivo de los empleados contratados por el contratista principal.

El póster del decreto 13201 informa a los empleados sobre sus derechos según lo estipulado en las decisiones de la Corte Suprema en la publicación Communications Workers of America v. Beck, 487 U.S. 735 (1988), y casos relacionados. En virtud de las leyes federales, no puede obligarse a los empleados a unirse a un sindicato o mantener una afiliación sindical para conservar el empleo. En ciertas condiciones, la ley les permite al empleador y el sindicato celebrar un convenio de seguridad sindical que exige que los empleados paguen una cuota uniforme y regular, además de una matrícula. No obstante, aquellos empleados que no están afiliados al sindicato pueden negarse a que sus pagos se utilicen con ciertos fines y únicamente están obligados a pagar su parte de los costes sindicales relacionados con el convenio colectivo de trabajo, la administración del contrato y los ajustes por reclamos laborales.

Cuando los empleados no deseen pagar la sumas de cuotas o matrícula usadas para financiar las actividades no relacionadas con el convenio colectivo de trabajo, la administración del contrato y los ajustes por reclamos, tienen derecho a una reducción apropiada en las cuotas. En caso de que un empleado crea que ha sido obligado a pagar sumas que han sido destinadas a actividades no concernientes a los fines específicos antes mencionados, entonces dicho empleado tendrá derecho a un reembolso y una reducción apropiada de las cuotas subsiguientes. Puede obtenerse más información sobre estos derechos en la Junta Nacional de Relaciones de Trabajo (National Labor Relations Board (NLRB)). Para localizar la oficina de NLRB más cercana, visite el sitio Web de NLRB o llame al número gratuito 1-866-667-6572.

Derechos de los empleados

Las quejas sobre supuestas infracciones al decreto 13201 pueden presentarse en cualquier Oficina de Estándares Obrero-Patronales (Office of Labor-Management Standars (OLMS)) de la Administración de Estándares de Empleo u Oficina de Programas de Cumplimiento de Contratos Federales (Office of Federal Contract Compliance Programs (OFCCP)). 

Asistencia disponible para el cumplimiento

Puede obtenerse información y asistencia complementaria sobre el decreto 13201 y el requisito de colocación de póster, incluidas copias del póster, en la página sobre Asistencia disponible para el cumplimiento del decreto 13201 del sitio Web de la Oficina de Estándares Obrero-Patronales (Office of Labor-Management Standards (OLMS)) del Departamento de Trabajo o llamando a la línea de asistencia del Departamento: 1-866-4-USA-DOL (1-866-487-2365).

Sanciones

En caso de que, una vez iniciados los procedimientos administrativos para exigir el cumplimiento de la ley, la Subsecretaría de Estándares de Empleo (Assistant Secretary for Employment Standards) descubre que un contratista ha cometido una infracción al decreto, esta subsecretaría puede:

  • Exigir que la agencia de contratación cancele, rescinda, suspenda o inicie acciones para cancelar, suspender o rescindir todo contrato o sus modificaciones, por incumplimiento del contratista con las disposiciones contractuales, según lo estipulado por el artículo 2 del decreto 13201 y sus normas de implementación. Los contratos pueden cancelarse, rescindirse o suspenderse en forma absoluta o continuarse conforme a las condiciones impuestas posteriores al cumplimiento de las leyes;
  • Emitir una orden de prohibición en virtud del artículo 6(b) que exija que una o más agencias de contratación se abstengan de celebrar contratos subsiguientes o extensiones o modificaciones de los contratos existentes con un contratista que está en infracción.

Vinculación con otras leyes federales, estatales o locales

Los derechos del empleado descritos en el póster del decreto 13201 se basan en las decisiones de la Corte Suprema concernientes a la Ley de Relaciones Obrero-Patronales (Labor Management Relations Act) de 1947 y la Ley de Trabajo en Ferrocarriles (Railway Labor Act). Este requisito no se aplica a los establecimientos o las obras de construcción del contratista ubicados en jurisdicciones donde las leyes estatales prohíben la supervisión del cumplimiento de los convenios de seguridad sindical.   

La Guía de Derecho Laboral es un recurso de acceso público. No origina nuevas obligaciones legales ni sustituye al Código de los Estados Unidos, al Registro Federal ni al Código de Reglamentaciones Federales como fuentes oficiales de las leyes aplicables. Se han realizado todos los esfuerzos necesarios a fin de garantizar que la información contenida en el presente documento sea fiel y completa al momento de su publicación y en lo sucesivo. Si desea obtener una versión posterior de esta Guía, visite el sitio www.dol.gov/compliance o llame a nuestra línea de asistencia gratuita: 1-866-4–USA–DOL (1-866-487-2365).

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