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GUÍA DE DERECHO LABORAL
Capítulo: Salarios habituales en
contratos de construcción
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Actualización: Septiembre de 2005
Ley Davis-Bacon y Leyes
Relacionadas (Código
de los Estados Unidos 40 §276a;
Código Federal de Reglamentaciones 29 §§1, 3, 5, 6 y
7)
La Ley
Davis-Bacon y leyes relacionadas (Davis-Bacon and Related Acts) se aplican a
contratistas y subcontratistas que celebran contratos financiados o asistidos
por el gobierno federal por una suma superior a $2,000 para la construcción,
modificación o reparación de cualquier edificio u obra pública, incluidas las
áreas de pintura y decoración.
Le ley dispone
que todos los contratistas y subcontratistas que celebren contratos con el
gobierno federal (así como también aquéllos que celebren contratos asistidos por
el gobierno federal en virtud de las leyes relacionadas) por un monto superior a
$2,000 paguen a los obreros y mecánicos que contraten al menos el salario mínimo
y beneficios adicionales habituales para obreros y mecánicos afines contratados
para la realización de proyectos similares en el área, conforme lo determine la
Secretaría de Trabajo.
Sin embargo,
pueden contratarse aprendices y practicantes por un salario menor.
Los aprendices deben contratarse de conformidad con un programa de
capacitación inscripto en el Departamento de Trabajo o una agencia de
capacitación estatal reconocida por el Departamento.
Los practicantes deben contratase en virtud de un programa de
capacitación certificado por el Departamento.
Asimismo, en
virtud de la Ley de Horas Trabajadas bajo Contrato y Normas de Sanidad, se
impone a los contratistas y subcontratistas de contratos principales por un
monto superior a $100,000 la obligación de pagar a sus empleados una
remuneración correspondiente a una hora y media por hora trabajada que supere el
límite de 40 horas semanales establecidas por ley.
Los contratistas
y subcontratistas cubiertos deben pagar a sus empleados de forma semanal y
presentar registros de pagos certificados a la agencia de contratación, también
de forma semanal.
La ley
Davis–Bacon y sus leyes relacionadas confieren a los obreros y mecánicos
cubiertos el derecho a percibir como mínimo el salario habitual y los beneficios
adicionales acordes al tipo de tareas desarrolladas, según lo determine el
Departamento de Trabajo. Tanto la
División de Salarios y Horas de la Administración de Estándares de Empleo
del Departamento como las agencias federales de contratación respectivas aceptan
quejas en caso de supuesta infracción a la Ley Davis-Bacon.
La
División de Salarios y Horas administra y supervisa el cumplimiento
de la Ley Davis-Bacon. Puede obtenerse
información adicional, incluyendo copias de folletos explicativos y materiales
interpretativos y regulatorios, en las
oficinas locales de la División de Salarios y Horas.
Asimismo, puede obtenerse información complementaria en el
sitio Web de la División de Salarios y Horas o llamando a la línea de
asistencia de esta división al 1-866-4USWAGE.
De determinarse
que un contratista o subcontratista no ha cumplido con sus obligaciones hacia
sus empleados, o ha cometido infracciones intencionales o agravadas durante la
realización de tareas relacionadas con proyectos alcanzados por la Ley
Davis-Bacon, podrá rescindirse el contrato en cuestión e imponerse una
prohibición para la celebración de contratos futuros durante un plazo de hasta
tres años. Asimismo, podrán efectuarse
retenciones por un monto suficiente para cubrir las obligaciones derivadas de
sueldos impagos e indemnización por daños y perjuicios determinados derivados de
las infracciones a las disposiciones relativas a horas extra de la Ley de Horas
Trabajadas bajo Contrato y Normas de Sanidad.
Los contratistas
y subcontratistas pueden impugnar ante un Juez en Cuestiones Administrativas
(ALJ) toda determinación relativa a infracciones y prohibiciones para celebrar
contratos. Los contratistas y subcontratistas
pueden apelar las decisiones de los jueces en cuestiones administrativas ante la
Junta de Revisión Administrativa del Departamento de Trabajo.
Las decisiones finales de la junta respecto de las infracciones son
apelables, y su cumplimiento debe exigirse a través de los tribunales federales.
En caso de
falsificación de registros de pagos certificados o “soborno” a los empleados a
fin de que renuncien a parte de sus beneficios salariales, podrán entablarse
acciones civiles o penales contra el contratista o subcontratista, con penas de
multa y/o prisión.
Desde 1931, el
Congreso ha extendido los requisitos relativos a salarios habituales incluidos
en la Ley Davis-Bacon a aproximadamente 60 leyes relacionadas que brindan
asistencia federal a la construcción mediante el otorgamiento de préstamos,
subvenciones, garantías de préstamo y seguros.
Estas leyes incluyen, por referencia, los requisitos de pago de salarios
habituales de conformidad con las disposiciones de la Ley Davis-Bacon.
Entre las leyes relacionadas, puede mencionarse a las Leyes de Ayuda
Federal a la Construcción de Autopistas (Federal-Aid Highway Acts), la Ley de
Desarrollo de la Vivienda y la Comunidad (Housing and Community Development Act)
de 1974 y la Ley de Control de Contaminación del Agua Federal (Federal Water
Pollution Control Act).
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La Guía
de Derecho Laboral es un recurso de acceso público.
No origina nuevas obligaciones legales ni sustituye al Código de
los Estados Unidos, al Registro Federal ni al Código de Reglamentaciones
Federales como fuentes oficiales de las leyes aplicables.
Se han realizado todos los esfuerzos necesarios a fin de
garantizar que la información contenida en el presente documento sea
fiel y completa al momento de su publicación y en lo sucesivo.
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